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Vizcaino y Asociados S.C. 20.11.2022

NUEVAS MEDIDAS PARA EVITAR EL ROBO DE IDENTIDAD. La Comisión Nacional de Bancaria y de Valores, el día 29 de agosto de 2017, dio a conocer por medio del Diario ...Oficial de la Federación, la resolución por la que modifica las disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito, resolución que nace atento a la necesidad de fortalecer los procedimientos y mecanismos que las instituciones de crédito utilizan para identificar a la persona que contrata con ellas operaciones activas, pasivas o de servicios o bien, realiza ciertas operaciones, con el fin de coadyuvar a prevenir, inhibir, mitigar y, en su caso, detectar alguna conducta ilícita que tuviera como fin la suplantación de identidad. Entre estos procedimientos se incluye la incorporación de datos biométricos, como la huella dactilar y el reconocimiento facial, como elemento de identificación de los usuarios En dicha resolución se prevé que las instituciones de crédito verifiquen ante las diferentes entidades o dependencias del gobierno federal competentes, diversa información y documentación para cerciorarse de la identidad de la persona con la que contratan o llevan a cabo transacciones, al tiempo que se establecen diversas facilidades para omitir tales verificaciones cuando, entre otros, se trate de operaciones por ciertos montos, se contraten determinados servicios cuya dinámica implica un conocimiento cercano del posible cliente o bien, el cliente presente una tarjeta bancaria con circuito integrado habiéndose cumplido ciertos supuestos. En el documento publicado en el DOF, la CNBV explica que las instituciones podrán conformar una base de datos de huellas dactilares de sus clientes, a fin de utilizarla para la verificación de su identidad, en sustitución de otros elementos tradicionales, para celebrar contratos de operaciones activas, pasivas o de servicios o bien solicitar medios de pago y también para la realización de retiros de efectivo y de transferencias de recursos. En dicha resolución se prevé que serán los empleados, directivos o funcionarios de las entidades financieras, los que realicen la captura de sus huellas dactilares, una vez concluida esta captura, recopilarán las de sus clientes y, en ambos casos, deberá cumplirse con los requerimientos técnicos establecidos. La CNBV refiere que el proceso de captura deberá impedir que un empleado, directivo o funcionario de la institución, registre sus propias huellas dactilares en sustitución de las del cliente y que las entidades en todo momento deberán garantizar la integridad de la información biométrica almacenada o transmitida, así como la conservación, disponibilidad y la imposibilidad de manipulación de tal información. La comisión podrá, además, aprobar el uso de mecanismos distintos para conformar la base de datos de huellas dactilares o de cualquier otro dato biométrico, siempre que las instituciones acrediten que la tecnología utilizada permite confirmar la identidad de la persona física de la que se trate ante el Instituto Nacional Electoral (INE) o ante alguna otra autoridad emisora de identificaciones oficiales y que cuentan con los elementos de seguridad necesarios para el resguardo de la información. See more

Vizcaino y Asociados S.C. 20.11.2022

¿Sabes que ya puedes presentar una demanda de amparo desde tu computadora o dispositivo móvil? El consejero de la Judicatura Federal, Jorge Antonio Cruz Ramos, ...explica cómo usar el trámite electrónico de amparo. Con tu firma digital, puedes presentar tu demanda en línea, se integrará un expediente para que el juez emita los acuerdos, y podrás recibir las notificaciones en tu celular. Visita la página www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx See more

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Se reformó el Código Penal Federal para incorporar el delito y castigar con uno a cuatro años de prisión y multa de 50 mil a 300 mil pesos. Se define la cobranza extrajudicial ilegal como el uso de la violencia o la intimidación ilícitas, sea personalmente o a través de cualquier medio.



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Teléfono: +52 664 608 9012

Web: lawvya.com

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