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En 1940, el entonces presidente Lázaro Cárdenas decretó que cada 24 de Febrero se celebre oficialmente el Día de la Bandera.
...lo mejor para nuestr@s héroes y heroínas de uniforme azul!
La #SSC detuvo a dos probables responsables de lesionar a una persona con arma de fuego, al interior de un establecimiento en calle de la Alcaldía de Benito Juárez https://bit.ly/30szFj5
#EnVivo Inauguración de ciberescuelas para policías; con la #JefaDeGobierno, integrantes de su gabinete, el alcalde de Cuauhtémoc, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la CDMX y autoridades educativas. #CiudadSegura
En la nueva estrategia de seguridad que implementa la #SSC se agravan penas en feminicidios, homicidios y denegación. El programa #PolicíaDeCuadrantes atiende causas de inseguridad como:
...que el recuerdo de nuestros seres queridos, siempre mantenga vivo nuestro
Familia: Que tengan un gran año. Que nunca les falte un sueño por el cual luchar, un proyecto que realizar, algo que aprender y que enseñar, un lugar a donde ir y a alguien a quien amar. Que el 2020 traiga éxito, salud, paz y abundancia a ustedes y los suyos, que el próximo año sea nuestro año!... les mando con mucho cariño un fuerte abrazo!
excelente labor
Aún cuando sea una citación a la Dirección General de Asuntos Internos, tienes derecho a comparecer con abogado a tu comparecencia, checa la siguiente jurisprudencia! DERECHO AL DEBIDO PROCESO. SU CONTENIDO Dentro de las garantías del debido proceso existe un "núcleo duro", que debe observarse inexcusablemente en todo procedimiento jurisdiccional, y otro de garantías que son aplicables en los procesos que impliquen un ejercicio de la potestad punitiva del Estado. Así, en cuan...to al "núcleo duro", las garantías del debido proceso que aplican a cualquier procedimiento de naturaleza jurisdiccional son las que esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ha identificado como formalidades esenciales del procedimiento, cuyo conjunto integra la "garantía de audiencia", las cuales permiten que los gobernados ejerzan sus defensas antes de que las autoridades modifiquen su esfera jurídica definitivamente. Al respecto, el Tribunal en Pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia P./J. 47/95, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, diciembre de 1995, página 133, de rubro: "FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO. SON LAS QUE GARANTIZAN UNA ADECUADA Y OPORTUNA DEFENSA PREVIA AL ACTO PRIVATIVO.", sostuvo que las formalidades esenciales del procedimiento son: (i) la notificación del inicio del procedimiento; (ii) la oportunidad de ofrecer y desahogar las pruebas en que se finque la defensa; (iii) la oportunidad de alegar; y, (iv) una resolución que dirima las cuestiones debatidas y cuya impugnación ha sido considerada por esta Primera Sala como parte de esta formalidad. Ahora bien, el otro núcleo es identificado comúnmente con el elenco de garantías mínimo que debe tener toda persona cuya esfera jurídica pretenda modificarse mediante la actividad punitiva del Estado, como ocurre, por ejemplo, con el derecho penal, migratorio, fiscal o administrativo, en donde se exigirá que se hagan compatibles las garantías con la materia específica del asunto. Por tanto, dentro de esta categoría de garantías del debido proceso, se identifican dos especies: la primera, que corresponde a todas las personas independientemente de su condición, nacionalidad, género, edad, etcétera, dentro de las que están, por ejemplo, el derecho a contar con un abogado, a no declarar contra sí mismo o a conocer la causa del procedimiento sancionatorio; y la segunda, que es la combinación del elenco mínimo de garantías con el derecho de igualdad ante la ley, y que protege a aquellas personas que pueden encontrarse en una situación de desventaja frente al ordenamiento jurídico, por pertenecer a algún grupo vulnerable, por ejemplo, el derecho a la notificación y asistencia consular, el derecho a contar con un traductor o intérprete, el derecho de las niñas y los niños a que su detención sea notificada a quienes ejerzan su patria potestad y tutela, entre otras de igual naturaleza. See more
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Familia: Que tengan un gran año. Que nunca les falte un sueño por el cual luchar, un proyecto que realizar, algo que aprender y que enseñar, un lugar a donde ir y a alguien a quien amar. Que el 2020 traiga éxito, salud, paz y abundancia a ustedes y los suyos, que el próximo año sea nuestro año!... les mando con mucho cariño un fuerte abrazo!
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Información
Localidad: Ciudad de México
Ubicación: Calle Dr. Erazo No. 85 Despacho 612, Col Doctores Delegacion Cuauhtemoc 06720 Ciudad de México, México
Web: www.abogadosparapolicias.com.mx
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