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Sosa, Ceja & Padilla 24.11.2022

Manuel. Atienza Jurista y Filosofo del derecho Aquí les dejo los enlaces para que puedan obtenerlos: 1.- Interpretación constitucional... https://repository.unilibre.edu.co//INTERPRETACION%20CONST 2.- El Derecho como Argumentación https://docs.google.com/viewer 3.- Las Razones del Derecho http://perso.unifr.ch//f/obrasjuridicas/oj_20151108_01.pdf 4.- Podemos hacer más: otra forma de pensar el Derecho https://amigosinterdis.files.wordpress.com//manuel-atienza 5.- Cómo evaluar las argumentaciones judiciales http://www.scielo.org.mx/pdf/dianoia/v56n67/v56n67a6.pdf 6.- Para una teoría de la argumentación jurídica https://biblioteca.org.ar/libros/141785.pdf

Sosa, Ceja & Padilla 23.11.2022

"No voy a esquivar. No estoy quemando ninguna bandera. No voy a correr a Canadá. Me quedo aquí mismo. ¿Quieres enviarme a la cárcel? Bien, adelante. He estado e...n la cárcel durante 400 años. Podría estar allí por 4 o 5 más, pero no voy a ir a 10,000 millas para ayudar a asesinar y matar a otros pobres. Si quiero morir, moriré aquí mismo, ahora mismo, peleando contigo, si quiero morir. Tú eres mi enemigo, no ningún chino, ni Vietcong, ni japonés. Eres mi opositor cuando quiero libertad. Eres mi opositor cuando quiero justicia. Eres mi oponente cuando quiero igualdad. ¿Quieres que vaya a algún lado y luche por ti? Ni siquiera me defenderás aquí mismo en América, ni a mis derechos ni a mis creencias religiosas. Ni siquiera me defenderás aquí en casa. Muhammad Ali

Sosa, Ceja & Padilla 23.11.2022

Trabajando, con todas las medidas...

Sosa, Ceja & Padilla 22.11.2022

1594. EL JUEZ JUSTO Justicia es -desde una idea acuñada inicialmente por Ulpiano- la constante y perpetua voluntad (virtud, agrega Santo Tomás) de dar a cada un...o lo suyo. Un Juez es justo al descubrir -en y desde el proceso; en y desde la publicidad de la audiencia; en y desde su inmediación; en y desde la contradicción que ejercen las partes procesales, -el derecho que debe otorgar-, al que es dueño y señor de ese derecho. Un Juez justo rechaza reunirse únicamente con alguna de las partes; se opone a la privacidad de un Despacho y/o de una Audiencia para resolver alguna controversia; objeta lo que no es claro, preciso, confuso, complicado, rebuscado; resiste aquello a lo que le falta sencillez, claridad, simplicidad, veracidad; sufre cuando se pierde la evidencia, se violan los procedimientos, se deja, sin atender, a las personas, en sus necesidades. Un juez justo no puede admitir la farsa de las influencias ideológicas, políticas, religiosas, inmorales, etc., en sus decisiones. Un juez justo no crea la ley sino que la aplica, descubriendo sus aristas en la equidad y la epiqueya. Por eso, no admite el principio de igualdad, seguro como ve, cada día, que no hay igualdad real entre las partes procesales, porque no es la igualdad lo que les convoca sino la existencia de una razón de desigualdad. Un juez justo aplica, con alegría, el in dubio pro reo, el principio de inocencia, la carga de la prueba, la no obligatoriedad del descubrimiento probatorio. Un Juez justo entiende que es primero el derecho que la justicia. Un Juez justo sabe que, para dar a cada uno lo suyo debe estudiar, asiduamente, para saber quién tiene derecho y cómo puede otorgar el derecho. Por eso, no admite el proceso adversarial, porque el proceso no mide las fuerzas en pugna sino el descubrimiento de los hechos, la respuesta de la verdad. Un Juez justo se mira en su vocación epistémica, en el esfuerzo diario de conocer, con la ley, la jurisprudencia y la doctrina, la verdad que le convoca a decidir sobre los conflictos de las personas. Por eso, al juez justo le enamoran los principios de sana crítica, conocimiento racional, pensamiento lógico y, crecer, cada día más, en la experiencia para dar a cada uno lo suyo, su derecho.

Sosa, Ceja & Padilla 21.11.2022

Ojo abogadas y abogados:

Sosa, Ceja & Padilla 21.11.2022

Trabajando... ahora en Tuxpan, Veracruz.

Sosa, Ceja & Padilla 20.11.2022

Por medio de un Juicio de Amparo, logramos beneficiar a un adulto mayor que desde enero del presente año, estaba registrado en el Programa "Pensión para el Bien...estar de las Personas Adultas Mayores para el ejercicio fiscal 2020", sin que hasta el momento se le hubiere cubierto dicho beneficio, obligándose por medio de la suspensión provisional a la autoridad responsable al pago de las pensiones adeudadas a la brevedad, así como las subsecuentes, mientras dicho programa continúe. ¿Estas en ese supuesto o conoces a alguien? Llámanos con gusto te asesoramos.



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