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Servicios Integrales Contables y Fiscales 23.11.2022

De conformidad con el artículo 6 de la Ley del IVA cuando en la declaración del impuesto resulte saldo a favor, el contribuyente podrá acreditarlo contra el impuesto a su cargo que le corresponda en los meses siguientes hasta agotarlo, solicitar su devolución o llevar a cabo su compensación contra otros impuestos en términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación

Servicios Integrales Contables y Fiscales 22.11.2022

De conformidad con el artículo 304-C de la Ley del Seguro Social no se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones patronales fuera de los plazos señalados por la ley o cuando se haya incurrido en infracción por caso fortuito o fuerza mayor

Servicios Integrales Contables y Fiscales 22.11.2022

En el CFDI que se elabore por las operaciones realizadas con el público en general se podrá asentar únicamente la clave "99" (otros), esto, en el supuesto de que hayan existido diversos métodos de pago. Tambien aplica en CFDI con clientes especificos cuando existan "metodos de pagos" identificados y otros no identificados.

Servicios Integrales Contables y Fiscales 22.11.2022

EL SAT VA POR EVASORES QUE TENGAN CUENTAS EN SUIZA! El jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Osvaldo Santín, aseguró que las reformas bancarias de Suiza, que abren el secreto bancario, permitirán a las autoridades mexicanas investigar a evasores de impuestos que tengan cuentas en aquel país. Al día de hoy, nosotros tenemos acceso a la información que se necesita para poder fiscalizar las obligaciones de los contribuyentes obligados en México que pudieran tene...r operaciones o recursos en Suiza, es una información con la cual ya contamos, dijo en entrevista. Como parte de las reformas bancarias, Suiza terminó oficialmente con el secreto bancario y comenzó a realizar los primeros intercambios de información financiera de alrededor de 7 mil instituciones, que ahora están obligadas a compartir con las autoridades la información de sus clientes. Adiós al secreto mejor guardado de Suiza Este intercambio de información será , en un inicio, con miembros de la Unión Europea y otros nueve estados y territorios, entre ellos las islas anglonormandas de Jersey y Guernesey, Canadá, Noruega y Japón, indicó la Administración Federal de Contribuciones (AFC) suiza. Hasta el momento, la AFC envió información sobre unos 2 millones de cuentas a los Estados socios y también recibió información sobre millones de cuentas, explicó el comunicado. Suiza mantenía el secreto bancario como una medida para atraer personas de todo el mundo y era la base pilar para su actividad bancaria. Sin embargo, ahora que se ha abierto, el Foro Mundial sobre la Transparencia y el Intercambio de Informaciones con Fines Fiscales de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), que impulsó el fin de este secreto bancario, controlará el proceso. See more

Servicios Integrales Contables y Fiscales 22.11.2022

El artículo 240 de la Ley del Seguro Social establece que todas las familias en México tienen derecho a un seguro de salud para sus miembros y para ese efecto, podrán celebrar con el Instituto Mexicano del Seguro Social convenio para el otorgamiento de las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, y no se requiere que sea trabajador.

Servicios Integrales Contables y Fiscales 22.11.2022

Por el cumplimento de la declaración anual de personas fiscas durante el mes abril, el Servicio de Administración Tributaria mediante comunicado de prensa del día 14 de abril de 2015, informa que amplía sus horarios de asistencia en las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente con la finalidad que las personas físicas puedan acudir a tiempo a presentar esta obligación, asimismo los últimos días se ofrecerán las 24 horas asesoría vía telefónica respecto de declaraciones anuales.

Servicios Integrales Contables y Fiscales 22.11.2022

Como parte de las propuestas de reformas fiscales 2017 por parte del EJECUTIVO FEDERAL se adicionan dos párrafos al 29-A del Código Fiscal de la Federación, ya habíamos observado un programa piloto por parte del SAT en donde por medio del BUZÓN TRIBUTARIO se nos informaba de una cancelación de comprobantes fiscales, seguramente será alguna opción en donde seremos notificados y de estar de acuerdo procederemos a validarlo con nuestra E-FIRMA. Observemos la redacción de esta ...Continue reading

Servicios Integrales Contables y Fiscales 21.11.2022

Cuando en los sistemas que administran los movimientos al RFC asignen obligaciones fiscales que los contribuyentes consideren diferentes a lo establecido en las disposiciones fiscales que le son aplicables, deberán ingresar un caso de aclaración a través de la página de Internet del SAT, en la opción Mi portal, anexando la documentación soporte que considere pertinente, para que la autoridad resuelva su aclaración por el mismo medio (regla 2.5.11. de la RMF-15).

Servicios Integrales Contables y Fiscales 21.11.2022

¡Ya es tiempo de presentar la Declaración Anual 2017! Si eres persona física con actividad empresarial, obtienes ganancias por dividendos, intereses o prestas servicios profesionales, entre otros, debes realizar tu Declaración Anual a más tardar el 30 de abril de 2018. ¿Eres asalariado? No estás obligado a declarar si recibes ingresos exclusivamente por salarios, sin importar el monto, o salarios más intereses hasta por 20 mil pesos. Si quieres declarar, lo puedes hacer en cualquier momento del año.

Servicios Integrales Contables y Fiscales 20.11.2022

Un trabajador debe ser indemnizado cuando se le despide injustificadamente, o si bien, no se le despidió, cuando este se haya separado de su empleo por causas imputables al patrón, por ejemplo, maltrato físico, insultos, acoso sexual, cambio de condiciones de trabajo, etc. La indemnización general es de tres meses de salario, considerando incluso las prestaciones que ordinariamente percibía el trabajador. Solo si este no quiere ser indemnizado y quiere continuar en su empleo ...y el patrón ya no desea que aquel siga laborando, debe pagársele una indemnización adicional, que para contratos por tiempo indeterminado es de 20 días de salario por cada año de servicios. Generalmente es en las juntas de conciliación y arbitraje en donde el trabajador, asesorado por su abogado, manifiesta que desea seguir laborando para el patrón, a fin de que pueda, en su caso, recibir esa indemnización adicional. See more

Servicios Integrales Contables y Fiscales 20.11.2022

El reparto de utilidades es el derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias generadas en la empresa donde laboran conforme a la Declaración Anual que presenten ante las autoridades. El artículo 123, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos estipula que todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio, están obligados darles un reparto de utilidades. Para 2018, se estima un t...otal de 16 millones trabajadores cuentan con el cobro de esta prestación, según informó la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco). Tienen derecho al reparto de utilidades: Todos los trabajadores, extrabajadores eventuales o exempleados de planta, cuando hayan laborado un mínimo de 60 días durante el año. También quienes prestan sus servicios en una empresa o establecimiento, supliendo vacantes transitorias o temporales. No tienen derecho al reparto de utilidades: Directores, administradores y gerentes generales. Socios y accionistas. Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días al año al que corresponda el año del pago de utilidades. Profesionistas, técnicos, trabajadores domésticos o artesanos y otros que hayan prestado sus servicios por honorarios. Quienes laboren en instituciones de asistencia privada, sin fines de lucro, culturales, o de beneficencia. Plazo para pagos de utilidades: El pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) debe pagarse a más tardar el 30 de mayo, en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral, es decir, una empresa o corporativo. Una persona física, deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio, según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Para el cobro de utilidades se tiene el plazo de un año a partir del día siguiente en que se genere la obligación See more

Servicios Integrales Contables y Fiscales 20.11.2022

El 13 de marzo de 2015 el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer en su portal electrónico la herramienta para presentar la declaración anual "Asalariados" en la cual las personas físicas que únicamente hayan obtenido ingresos por sueldos y salarios podrán presentar dicha declaración correspondiente al ejercicio fiscal 2014

Servicios Integrales Contables y Fiscales 20.11.2022

Obligaciones fiscales Primer envío de la contabilidad electrónica on 01 Abril 2015. Publicado en Obligaciones fiscales ... Se acerca la fecha límite para que los contribuyentes que se encuentran obligados realicen el primer envío de de la información contable a través de la página electrónica del SAT; dicha obligación está prevista en el artículo 28, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación. Los contribuyentes que deben cumplir con esta obligación a partir de 2015 son: Instituciones que componen el sistema financiero. Contribuyentes cuyos ingresos acumulables declarados, o que debieron declarar, correspondientes al ejercicio 2013 sean iguales o superiores a 4 millones de pesos. Lo anterior de conformidad con al artículo tercero resolutivo de la séptima modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2014 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2014, misma que continua aplicable de conformidad con el artículo cuarto resolutivo de la primera modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2015 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de marzo de 2015. Fechas límite de envío De conformidad con la regla 2.8.1.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2015 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2014 el envío de la información contable deberá realizarse de acuerdo a lo siguiente: Las personas morales enviarán de forma mensual su información contable a más tardar en los primeros 3 días del segundo mes posterior, al mes que corresponde la información a enviar, por cada uno de los meses del ejercicio fiscal de que se trate. Las personas físicas, enviarán de forma mensual su información contable a más tardar en los primeros 5 días del segundo mes posterior al mes que corresponde la información contable a enviar, por cada uno de los meses del ejercicio fiscal de que se trate. Atendiendo a que la información contable del mes de enero se enviará conjuntamente con la información correspondiente al mes de febrero, de acuerdo a la prórroga prevista en el artículo décimo resolutivo de la primera modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2015 se deberá cumplir con la obligación a mas tardar el tercer día hábil del mes de abril 2015. ¿Qué día es exactamente la fecha límite? Las fechas límites de envío serían las siguientes: El 7 de abril para personas morales El 9 de abril para personas físicas Se consideran días inhábiles para las autoridades fiscales el 2 y 3 de abril de 2015 de conformidad con la regla 2.1.7. de la Resolución Miscelánea Fiscal 2015. Recordemos que cuando se establecen plazos en días, para su cómputo, sólo se consideraran los días hábiles de conformidad con el artículo 12 del Código Fiscal de la Federación.



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