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SEPCE 23.11.2022

Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) en el 2018 Facilidades-Beneficios Fiscales Llego la hora de hablar de los beneficios y facilidades fiscales que existen para el RIF son muchas facilidades asi que mostraremos las de mayor uso, vamos a dividirlas por las que se encuentran en la Ley de ISR después las que se encuentran en la RMF y por ultimo las que están en la Ley de Ingresos de la Federación, pero estas serán publicadas en otro artículo debido a varios factores. Cuando...Continue reading

SEPCE 23.11.2022

Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) en el 2018 Obligaciones El 1 de enero del 2014 entro en vigor este nuevo régimen ya han pasado casi 4 años de la reforma fiscal que experimento México marcando una serie de cambios de gran importancia en el ámbito fiscal y ahora con la entrada del nuevo gobierno se espera que haya más cambios asi que repasemos en que situación se encuentra el Régimen de Incorporación Fiscal para esto haremos varios artículos centrándonos principalmente e...Continue reading

SEPCE 22.11.2022

¿Cómo se determina la base del ISR para el Régimen de Honorarios? Para poder determinar el ISR mensual y anual debemos tener nuestra base gravable. Para ello debemos seguir el siguiente procedimiento: Restar de los ingresos cobrados, las deducciones que se hayan realizado. Aplicando la tarifa del impuesto al resultado de dicha resta según la tabla de ISR vigente, y en función del procedimiento ya conocido.... Las personas físicas con actividades empresariales o profesionales podrán acreditar sus pagos provisionales efectuados con anterioridad contra el pago provisional que determinen en el mes que se esté efectuando el cálculo. Cuando se obtengan ingresos por pagos que efectúen las personas morales, éstas deberán retener como pago provisional el 10% sobre el monto de los ingresos, sin deducción alguna. El impuesto retenido podrá acreditarse contra el que resulte en el pago provisional del mes o del ejercicio.

SEPCE 22.11.2022

Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) en el 2018 Beneficios Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) en el 2018 Beneficios Facilidades...Continue reading

SEPCE 21.11.2022

Estamos contigo #ni una más # ya vasta

SEPCE 21.11.2022

Conoce qué puedes deducir Deducciones de gastos mensuales Tú puedes deducir los gastos e inversiones que sean estrictamente indispensables para llevar a cabo tu actividad. ... Pago de sueldos y salarios. Cuotas que hayas pagado como patrón al IMSS. Arrendamiento del local que utilices para la prestación de tus servicios. Luz y teléfono del local para tus actividades. Papelería y artículos de escritorio. Inversiones en activo fijo, como equipo de cómputo, de oficina, construcciones o equipo de transporte. Deducciones de gastos anuales Gastos médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, análisis y estudios clínicos. Lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos. Gastos funerarios. Pagos por primas de seguro de gastos médicos. Los intereses reales, efectivamente pagados en el ejercicio, por créditos hipotecarios para tu casa habitación. Donativos. Transporte escolar obligatorio. Aportaciones voluntarias al fondo de retiro. Impuestos locales por salarios. Colegiaturas (preescolar a preparatoria).

SEPCE 21.11.2022

IVA en Régimen de Honorarios Dentro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) se causa tras la prestación de servicios independientes es una actividad. Actualmente la tasa es del 16% pero existen algunos servicios, como los profesionales de medicina y algunas contraprestaciones que perciben los autores, que están exentas de este impuesto.... Los contribuyentes pagarán el IVA de forma mensual y este pago se lo considera como definitivo. Las personas físicas que presten servicios a persona morales serán sujetas de una retención de las dos terceras partes del impuesto que se cause, el cual se podrá disminuir del impuesto causado en el mes. Si la retención efectuada fuera superior al impuesto a cargo del mes, la diferencia se considera un saldo a favor de IVA.

SEPCE 21.11.2022

Cosas que debes saber del RIF en 2018 Cuando estábamos creando el articulo de facilidades-beneficios fiscales del RIF me tope con varios puntos importantes y que creo que todos deberían de conocer por lo cual decidimos crear este articulo sobre Cosas que debes saber del RIF....Continue reading

SEPCE 21.11.2022

Régimen de Honorarios 2018 Entre los regímenes fiscales que están vigentes en 2018, uno muy importante es el Régimen de Honorarios para Personas Físicas. Este esquema abarca a todas aquellas personas que se desempeñan en actividades profesionales. Por ello, debemos saber cuáles son las obligaciones fiscales que se tienen en relación a la determinación del Impuesto sobre la Renta e Impuesto al Valor Agregado.... Les corresponde tributar en este régimen a las personas físicas que obtengan ingresos por prestar servicios profesionales de manera independiente (no como asalariados) a empresas, dependencias de gobierno o a personas físicas en general, por ejemplo: abogados, contadores, arquitectos, médicos, dentistas, ingenieros, entre otros. ISR en Régimen de Honorarios Los ingresos de los contribuyentes que desarrollan actividades empresariales y profesionales se rigen por la LISR 2018 indicando que se consideran como tales a los pagos por servicios personales independientes o actividades empresariales siempre y cuando no sean salarios o trabajo subordinado. Serán acumulables los ingresos efectivamente percibidos.

SEPCE 20.11.2022

¿Qué se entiende por pensión? Prestación en dinero que recibe una persona con motivo de incapacidad, invalidez, cesantía en edad avanzada, vejez, retiro y muert...e, en términos de la Ley del Seguro Social (LSS) o en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (LISSSTE) vigente. ¿Qué se entiende por Jubilación? Es la prestación en dinero que percibe una persona cuando cumple los requisitos para retirarse de la actividad laboral en términos de la LSS o la LISSSTE. ¿Cuándo no pagan ISR las jubilaciones y Pensiones? Las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte, cuyo monto diario no exceda de quince veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente. ¿Cuándo hay exención por concepto de jubilación y pensión? Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece una exención para las personas físicas que obtengan ingresos por concepto de pensiones y jubilaciones previstas en la LSS o en la LISSSTE equivalente a un monto diario de quince veces el salario mínimo general (SMG) del área geográfica del contribuyente ($73.04 SMG x 15 veces = $1,095.60). El importe de pensiones y jubilaciones que rebase la exención diaria antes señalada se considera un ingreso gravado para efectos de ISR. En este caso, la institución que realice los pagos tiene la obligación de efectuar la retención y entero mensual del gravamen. Dicha retención se calcula aplicando al ingreso gravado en un mes de calendario la tarifa mensual prevista en el artículo 96 de la LISR. ¿Qué pasa cuando el pago se realiza en una sola exhibición el monto de la exención del ISR? Será equivalente a 90 veces el SMG del área geográfica del contribuyente elevado al año ($73.04 SMG x 90 veces x 365 días = $2, 399,364.00). El importe de pensiones y jubilaciones que rebase la exención antes señalada, se considerará un ingreso gravado para efectos de ISR. El empleador o institución que realice el pago deberá aplicar el procedimiento establecido en el artículo 96 de la LISR antes descrito para calcular el ISR retenido como pago provisional. ¿Calculo anual por concepto de jubilación y Pensión? El contribuyente deberá determinar el ISR anual correspondiente a los ingresos por concepto de pensiones y jubilaciones, siguiendo el procedimiento previsto en el artículo 95 de la LISR. Al respecto, del total de percepciones por estos conceptos se deberá separar una cantidad igual a la del último sueldo mensual ordinario, la cual se adicionará al resto de los ingresos acumulables del ejercicio en cuestión y se determinará el ISR correspondiente a ingresos acumulables. Posteriormente, a la diferencia del importe de pensiones y jubilaciones se le aplicará la tasa utilizada para la determinación del ISR de ingresos acumulables y el resultado se considerará el ISR de ingresos no acumulables; en consecuencia, el ISR del ejercicio será la suma del ISR de ingresos acumulables y no acumulables, mismo que deberá determinarse e informarse en la declaración anual del trabajador. ¿Qué pasa si mi patrón me Retuvo ISR en exceso? En caso de que el patrón haya efectuado una Retención superior a la que te corresponde conforme al procedimiento antes mencionado, acércate a nosotros y con gusto te asesoramos y verificamos el Impuesto Sobre la Renta, que en su caso la autoridad fiscal te debe Devolver.

SEPCE 20.11.2022

¿Qué deducciones se pueden aplicar en el régimen de honorarios en ISR? Los gastos que los contribuyentes del régimen de honorarios podrán deducir serán: Devoluciones, descuentos, bonificaciones de ingresos acumulables... Adquisición de mercancías e inventarios Gastos que sean necesarios para la actividad Inversiones que sean estrictamente necesarias para la actividad Intereses pagados Cuotas al IMSS Impuesto local a la actividad profesional o empresarial ¿Qué requisitos tienen que cumplir las deducciones? Efectivamente erogadas durante el ejercicios Estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos Sólo pueden restar una vez aunque se relacionen con dos ingresos Pagos primas de seguros o fianzas se hagan conforme a las leyes de la materia y correspondan a conceptos que esta Ley señala como deducibles. Si se trata de pagos a plazo, se deducirá el monto de las parcialidades efectivamente pagadas Recibir siempre el CFDI, durante el ejercicio, de cada operación. Requisitos incluidos en el Artículo 27 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR).



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Teléfono: +52 961 133 2749

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