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Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, el SAT desarrolló nuevas aplicaciones para el ejercicio 2022 que se podrán conocer a través de tutoriales que se transmitirán a partir de hoy en el canal de YouTube. http://bit.ly/2SEnex0
#Vacantes SE BUSCA gente con o sin experiencia que quieran trabajar un proyecto temporal de calidad Objetivo: Hacer manuales operativos de departamentos (Con kpis, politicas, procedimientos, estándares, descriptivos de puestos)... Tiempo del proyecto: del 7 de junio al 7 de julio Se les dará capacitación Apoyo semanal de $500 pesos Horario: 9am a 1pm Preparatoria concluida Si eres estudiante y necesitas liberación de prácticas o servicio, con gusto te lo liberamos. Interesados mandar CV en PDF al 9982646672
DÍAS ADICIONALES AL VENCIMIENTO DE DECLARACIONES. Consejo/Recomendación de un servidor. Los días adicionales al día 17 te sugiero no los consideres como fecha l...ímite, sino usalos para casos extraordinarios (falta de liquidez del cliente, enfermedad del contador o cliente, etc). Procura tener el envío y pago antes del 17. Política de trabajo personal y me ha funcionado por años. Fuente: DOF: 26/12/2013 | DECRETO que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa.
#ComunicadoSAT El SAT agradece a todos los contribuyentes que presentaron su aviso para permanecer en el RIF. A los que cambiaron al nuevo Régimen Simplificado de Confianza les reiteramos los beneficios respecto al RIF.
#PermisoCOVID 3.0 ya disponible para personas trabajadoras afiliadas al #IMSS que hayan contraído esta enfermedad. Ingresa a http://imss.gob.mx/covid-19/permiso... o entra a la app #IMSSDigital ¡Tramita tu #incapacidad temporal sin salir de casa! #Comunicado Megáfono https://bit.ly/3qhAFF3
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Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, el SAT desarrolló nuevas aplicaciones para el ejercicio 2022 que se podrán conocer a través de tutoriales que se transmitirán a partir de hoy en el canal de YouTube. http://bit.ly/2SEnex0
DÍAS ADICIONALES AL VENCIMIENTO DE DECLARACIONES. Consejo/Recomendación de un servidor. Los días adicionales al día 17 te sugiero no los consideres como fecha l...ímite, sino usalos para casos extraordinarios (falta de liquidez del cliente, enfermedad del contador o cliente, etc). Procura tener el envío y pago antes del 17. Política de trabajo personal y me ha funcionado por años. Fuente: DOF: 26/12/2013 | DECRETO que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa.
¿QUE PUEDO HACER SI ALGUIEN ESTA UTILIZANDO UNA MARCA QUE ME PERTENECE SIN MI PERMISO? México es un paraíso para la piratería, en nuestro México bello con pura gente honesta, honrada y trabajadora somos el país numero 9 con más producción de piratería en el mundo. Considero que se debe a tres factores el primero es definitivamente cultural en donde la mayoría de nuestro pueblo de oro no respeta por lo general las cosas ajenas, en segundo lugar es que la FGR nunca ha sido real...mente efectiva en este tema y además históricamente coludidos con los delincuentes cobrando cuotas por ultimo esta que las personas afectadas rara vez inician las acciones legales correspondientes. Ahora, suponiendo que eres dueño de una marca exitosa y de repente vez en internet que ya pusiste una nueva sucursal (sin haberlo hecho) o que están vendiendo tus productos en otras tiendas formales o informales ¿Qué puedes hacer? 1-Declaración administrativa de infracción en materia de Propiedad Industrial ante el IMPI Permite iniciar acciones para sancionar a un presunto infractor a tu derecho exclusivo contenido en una patente o registro de modelo de utilidad, diseño industrial, esquema de trazado de circuitos integrados, marca, aviso comercial, nombre comercial, denominación de origen o acciones de competencia desleal asociadas con dichas figuras. Por lo general es una sanción leve que va desde acudir al lugar y pedirles que retiren la mercancía hasta multas. 2- Demanda por la vía civil / mercantil Por la violación del derecho al uso exclusivo de una marca se puede intentar la acción de daños y perjuicios en la vía civil o mercantil, según la estrategia legal que se elija, aunque considero que la correcta es la mercantil, por las razones que más adelante expondré Daños y perjuicios Daño es la pérdida o menoscabo que se sufre en el patrimonio, como consecuencia de la falta de cumplimiento de una obligación.31 Bajo esta óptica, para que exista un daño es necesario que concurran dos premisas: primera, que el patrimonio sufra una pérdida o menoscabo y, segunda, que ello sea consecuencia del incumplimiento de una obligación; incumplimiento que puede realizarse a través de una conducta de acción u omisión. Esto significa que para la existencia jurídica de un daño primero debe existir un patrimonio y una obligación. 3- MATERIA PENAL El Artículo 424 bis del Codigo Penal. Se impondrá prisión de tres a diez años y de dos mil a veinte mil días multa: I. A quien produzca, reproduzca, introduzca al país, almacene, transporte, distribuya, venda o arriende copias de obras, fonogramas, videogramas o libros, protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor, en forma dolosa, con fin de especulación comercial y sin la autorización que en los términos de la citada Ley deba otorgar el titular de los derechos de autor o de los derechos conexos
¿QUE PUEDO HACER SI ALGUIEN ESTA UTILIZANDO UNA MARCA QUE ME PERTENECE SIN MI PERMISO? México es un paraíso para la piratería, en nuestro México bello con pura gente honesta, honrada y trabajadora somos el país numero 9 con más producción de piratería en el mundo. Considero que se debe a tres factores el primero es definitivamente cultural en donde la mayoría de nuestro pueblo de oro no respeta por lo general las cosas ajenas, en segundo lugar es que la FGR nunca ha sido real...mente efectiva en este tema y además históricamente coludidos con los delincuentes cobrando cuotas por ultimo esta que las personas afectadas rara vez inician las acciones legales correspondientes. Ahora, suponiendo que eres dueño de una marca exitosa y de repente vez en internet que ya pusiste una nueva sucursal (sin haberlo hecho) o que están vendiendo tus productos en otras tiendas formales o informales ¿Qué puedes hacer? 1-Declaración administrativa de infracción en materia de Propiedad Industrial ante el IMPI Permite iniciar acciones para sancionar a un presunto infractor a tu derecho exclusivo contenido en una patente o registro de modelo de utilidad, diseño industrial, esquema de trazado de circuitos integrados, marca, aviso comercial, nombre comercial, denominación de origen o acciones de competencia desleal asociadas con dichas figuras. Por lo general es una sanción leve que va desde acudir al lugar y pedirles que retiren la mercancía hasta multas. 2- Demanda por la vía civil / mercantil Por la violación del derecho al uso exclusivo de una marca se puede intentar la acción de daños y perjuicios en la vía civil o mercantil, según la estrategia legal que se elija, aunque considero que la correcta es la mercantil, por las razones que más adelante expondré Daños y perjuicios Daño es la pérdida o menoscabo que se sufre en el patrimonio, como consecuencia de la falta de cumplimiento de una obligación.31 Bajo esta óptica, para que exista un daño es necesario que concurran dos premisas: primera, que el patrimonio sufra una pérdida o menoscabo y, segunda, que ello sea consecuencia del incumplimiento de una obligación; incumplimiento que puede realizarse a través de una conducta de acción u omisión. Esto significa que para la existencia jurídica de un daño primero debe existir un patrimonio y una obligación. 3- MATERIA PENAL El Artículo 424 bis del Codigo Penal. Se impondrá prisión de tres a diez años y de dos mil a veinte mil días multa: I. A quien produzca, reproduzca, introduzca al país, almacene, transporte, distribuya, venda o arriende copias de obras, fonogramas, videogramas o libros, protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor, en forma dolosa, con fin de especulación comercial y sin la autorización que en los términos de la citada Ley deba otorgar el titular de los derechos de autor o de los derechos conexos
Se presenta el Flash No. 25 de la Comisión de Seguridad Social e Infonavit Encuéntralo en el siguiente enlace: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php... #flashseguridadsocialeinfonavit #RHSI
Se presenta el Flash No. 25 de la Comisión de Seguridad Social e Infonavit Encuéntralo en el siguiente enlace: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php... #flashseguridadsocialeinfonavit #RHSI
Información
Teléfono: +52 998 483 4894
Web: www.rhsi.com.mx/
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