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Procuraduria de la Defensa del Trabajo 22.11.2022

Acompañando a nuestro presidente de la H. Junta Local de Conciliación y Arbitraje, que como tal y representando al C.P. Gabriel Deantes Ramos, Secretario de Trabajo Previsión Social y Productividad en la firma del acuerdo de colaboración que se signó con el Dr. Carlos García Méndez, Rector de la Universidad de Xalapa A.C., a efectos de que los alumnos presten su servicio social y además se pactó la aprobación de un paquete de descuentos que será otorgado a los trabajadores y/o trabajadoras que la Secretaría designe a propuesta de la H. Junta.

Procuraduria de la Defensa del Trabajo 22.11.2022

Aguinaldo ,sobre este tenemos: Que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo en vigor, los trabajadores tienen derecho al pago de dicho concepto en forma anual el cual se equipara al pago de quince días de salario como mínimo, tomando como tal el que ordinariamente se percibe por día laborado y no el conocido como integrado que acumula las prestaciones que determina el artículo 84 de la LFT, base para la liquidación de indemnizaciones c...onforme al numeral 89 de la ley multimencionada Dicho pago deberá cubrirse antes del día 20 de diciembre de cada año. Aquellos trabajadores que no hayan cumplido el año de servicios independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubiesen trabajado. Los trabajadores que no reciban el pago del aguinaldo tal y como se establece en el numeral 87 de la Ley Federal del Trabajo, esto es antes del día 20 de diciembre tendrán un año para efectuar su reclamo ante la Junta de Conciliación competente. Dicha acción prescribe en el término de un año tal y como lo establece el numeral 516 de la ley en consulta. En los casos en que un trabajador sufra un accidente de trabajo y este tuviera que ser incapacitado, esto no afecta el pago del aguinaldo, toda vez que si la ausencia del trabajador se debe a una incapacidad proveniente de un riesgo de trabajo, ese tiempo no trabajado si debe computarse para los efectos del pago de aguinaldo, porque el responsable de la consecuencia lo es el patrón y por lo tanto no puede depararle un perjuicio en cuanto al pago del aguinaldo al trabajador. La cantidad equiparable a 15 días o su proporcionalidad puede variar si el trabajador (a) (res) (ras) tienen sujeta su relación a un contrato o condiciones colectivas de trabajo en virtud de que el numero de días puede estar incrementado y son los que deben ser respetados. La Procuraduría de la Defensa del Trabajo está atenta para atender a cualquier trabajador o trabajadora que no reciba el pago de su aguinaldo. LIC. PABLO MORALES HERNÁNDEZ PROCURADOR GENERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO.

Procuraduria de la Defensa del Trabajo 22.11.2022

A todos los trabajadores (as) del Estado de Veracruz, LOS PROCURADORES DE LA DEFENSA DEL TRABAJO, les patentizamos nuestra amistad reiterándoles dentro de ella el compromiso de tratar a todos los que requieran de nuestros servicios con la cordialidad, sentido humano, la profesionalidad y honestidad que se merecen. Siempre contaran gratuitamente con las asesorías, conciliaciones y/o defensas jurídicas que sus inquietudes o conflictos requieran. Estamos a sus órdenes en los domicilios y lugares del estado que están precisados en el presente portal.

Procuraduria de la Defensa del Trabajo 22.11.2022

EL ONCE DE JULIO DEL PRESENTE AÑO FUI OBJETO DE UN RECONOCIMIENTO Otorgado por la Secretaría de Trabajo, Previsión Social y Productividad que representa el C.P. Gabriel Deantes Ramos y de la H. Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado que representa el Lic. Jonathan Cortes Vargas. En ese acto vino a mi mente un torrente de vivencias en la que destacan, magníficos profesionistas y funcionarios que como Directores y Secretarios de Trabajo Previsión Social y Producti...Continue reading

Procuraduria de la Defensa del Trabajo 21.11.2022

EL ONCE DE JULIO DEL PRESENTE AÑO FUI OBJETO DE UN RECONOCIMIENTO Otorgado por la Secretaría de Trabajo, Previsión Social y Productividad que representa el C.P. Gabriel Deantes Ramos y de la H. Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado que representa el Lic. Jonathan Cortes Vargas. En ese acto vino a mi mente un torrente de vivencias en la que destacan, magníficos profesionistas y funcionarios que como Directores y Secretarios de Trabajo Previsión Social y Producti...Continue reading

Procuraduria de la Defensa del Trabajo 21.11.2022

DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER A todas las mujeres abnegadas, amorosas, amas de casa, esposas, las que son madre y padre, a las que están pasando por momentos difíciles y que los superan por la aguerrida lucha que han demostrado en otros momentos. A las trabajadoras que no permiten que en su trabajo las releguen, las discriminen, las acosen sexualmente, les paguen menos que a otros trabajadores que desempeñan la misma actividad, a las que exigen el pago de sus prestaciones l...aborales y su inscripción ante las instituciones de seguridad social, a las que no permiten la presión, la coacción, la intimidación, la amenaza para que firmen renuncias, documentos en blanco al inicio o dentro de una relación de trabajo, a las que no permiten ser objeto de violencia en el hogar o en su lugar de trabajo. A todas, que Dios las bendijo para ser mujeres y cambiar el mundo, incluyendo en ustedes a las magníficas funcionarias y operadoras de la Secretaria del Trabajo, Previsión Social y Productividad, como son Procuraduría General de la Defensa del Trabajo, Junta de Conciliación y Arbitraje, Direcciones de Asuntos Jurídicos y de Trabajo, de Previsión Social y Productividad, de la Inspección General del Trabajo, del Servicio Nacional del Empleo, del Instituto de Capacitación de los trabajadores y de las demás instituciones que forman la estructura del Gobierno del Estado. A TODAS MUCHÍSIMAS FELICIDADES. See more

Procuraduria de la Defensa del Trabajo 21.11.2022

Acompañando a nuestro presidente de la H. Junta Local de Conciliación y Arbitraje, que como tal y representando al C.P. Gabriel Deantes Ramos, Secretario de Trabajo Previsión Social y Productividad en la firma del acuerdo de colaboración que se signó con el Dr. Carlos García Méndez, Rector de la Universidad de Xalapa A.C., a efectos de que los alumnos presten su servicio social y además se pactó la aprobación de un paquete de descuentos que será otorgado a los trabajadores y/o trabajadoras que la Secretaría designe a propuesta de la H. Junta.

Procuraduria de la Defensa del Trabajo 21.11.2022

A TODOS LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DEL ESTADO DE VERACRUZ SE LES REITERA QUE: CUENTAN CON UNA INSTITUCION QUE RESGUARDA, PROTEJE Y DEFIENDE SUS DERECHOS LABORALES, ESTA A LAS ORDENES DE TODOS LOS QUE REQUIERAN SUS SERVICIOS, QUE SE PRESTAN EN FORMA GRATUITA SIN DISTINCION ALGUNA. SUS CENTROS DE ATENCION SE ENCUENTRAN EN PANUCO, TUXPAM, POZA RICA, CORDOBA IXTACZOQUITLAN, SAN ANDRES TUXTLA, VERACRUZ BOCA DEL RIO, MINATITLAN, COATZACOALCOS Y XALAPA TEL. 2288421900 EXT. 312...Continue reading

Procuraduria de la Defensa del Trabajo 21.11.2022

TRABAJADORES, TRABAJADORAS: El Reparto de Utilidades es un Derecho Constitucional que tienen los trabajadores(as) para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado. Los empleadores o patrones deben entregar a los representantes de los trabajadores (as) y/o trabajador (a) copia de la Declaración Fiscal Anual en la cual se señala el monto que corresponda por concepto de reparto de utili...Continue reading

Procuraduria de la Defensa del Trabajo 20.11.2022

A todos los amigos (as) de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, que rebasan las 5,000 solicitudes de amistad (constatable por ustedes) les abrazamos y saludamos fraternalmente. Les damos las gracias por privilegiarnos con su amistad que multiplicaremos con buenos deseos a través del tiempo. Con convicción los integrantes de la Procuraduría les expresamos, que la fuente de nuestra energía radica en que nos gusta servir a los demás, que nos ponemos la camiseta de los tra...bajadores (as) que requieren de nuestros servicios y que le echamos muchas ganas, pasión y entrega a los casos que nos presentan. LOS PROCURADORES DE LA DEFENSA DEL TRABAJO CON BASE DE ATENCION EN PÁNUCO, TUXPAN, POZA RICA, XALAPA, VERACRUZ, BOCA DEL RÍO, CÓRDOBA, IXTACZOQUITLÁN, SAN ANDRÉS TUXTLA, MINATITLÁN Y COATZACOALCOS.

Procuraduria de la Defensa del Trabajo 20.11.2022

LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Y TODAS Y CADA UNA DE LAS PROCURADURÍAS AUXILIARES QUE LA INTEGRAN, LES REITERAN A TODOS LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DEL ESTADO DE VERACRUZ TODOS USTEDES TIENEN DERECHO A PERCIBIR COMO MÍNIMO 15 DÍAS DE AGUINALDO (ART., 87 L.F.T) El aguinaldo deberá pagarse antes del 20 d diciembre de cada año... Aquellos trabajadores que no hayan cumplido el año de servicios independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme a los días que hubiesen laborado. En los casos en que un trabajador sufra un accidente de trabajo y este tuviera que ser incapacitado, esto no afecta el pago del aguinaldo, toda vez que si la ausencia del trabajador se debe a una incapacidad proveniente de un riesgo de trabajo, ese tiempo no trabajado si debe computarse para los efectos del pago de aguinaldo, porque el responsable de la consecuencia lo es el patrón y por lo tanto no puede depararle un perjuicio en cuanto al pago del aguinaldo al trabajador. La cantidad equiparable a 15 días o su proporcionalidad puede variar si el trabajador (a) (res) (ras) tienen sujeta su relación laboral a un contrato o condiciones colectivas de trabajo en virtud de que el número de días puede estar incrementado y son los que deben ser respetados. Los trabajadores que no reciban el pago del aguinaldo tal y como se establece en el numeral 87 de la Ley Federal del Trabajo, esto es antes del día 20 de diciembre tendrán un año para efectuar su reclamo ante la Junta de Conciliación competente. La Procuraduría de la Defensa del Trabajo está atenta para atender a cualquier trabajador o trabajadora que no reciba el pago de su aguinaldo. LIC. PABLO MORALES HERNÁNDEZ PROCURADOR GENERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO.

Procuraduria de la Defensa del Trabajo 20.11.2022

TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DEL ESTADO DE VERACRUZ SE LES REITERA QUE: Ningún patrón puede ponerles como condición, el que tengan firmar: Hojas tamaño carta, oficio o de cualquier otra dimensión o pagares en blanco ni tampoco garantías económicas ni fianza alguna como condicionantes para darles trabajo....Continue reading



Información

Localidad: Xalapa-Enríquez

Teléfono: 8421900ext.3125

Ubicación: Av. Manuel Ávila Camacho # 195 Col. Ferrer Guardia 91020 Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, México

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