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Pérez Góngora y Asociados 23.11.2022

#OpinionPGA por C.P. Juan Carlos Rodríguez Domínguez. El gobierno mexicano ha intentado erradicar en múltiples ocasiones la subcontratación ilegal, toda vez que afecta gravemente a los trabajadores y a sus familias, fomentando la competencia desleal entre empresas y mermando los ingresos públicos para el financiamiento de la seguridad social. Desde que surgieron los esquemas conocidos como outsourcing, o bien, de subcontratación laboral, la autoridad fiscal han implementado d...iversas medidas e interpuesto diversas obligaciones de carácter fiscal, con el fin de tratar que dichos esquemas asuman su carga tributaria, de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables, y no así mediante operaciones que carecen de total fundamento fiscal-legal para disminuir los impuestos a su cargo. En este sentido, a partir del ejercicio fiscal de 2017 se establecieron diversos requisitos, los cuales debían cumplirse para poder estar en posibilidad de deducir los pagos por concepto de servicios de subcontratación de personal para efectos del impuesto sobre la renta (en adelante, ISR), así como acreditar el impuesto al valor agregado (en adelante, IVA).

Pérez Góngora y Asociados 23.11.2022

#OpinionPGA por C.P. Juan Carlos Pérez Góngora. Actualmente muchas empresas se encuentran en suspensión de operaciones en acatamiento al Acuerdo emitido por el Consejo de Salubridad General el 31 de marzo, en el que se señala la suspensión de actividades no esenciales para evitar la propagación del virus COVID-19, lo que sin duda está teniendo impacto en sus actividades comerciales, afectando sus finanzas y economía. Asimismo, aun y cuando las empresas continúen operando, se ...han visto perjudicadas por la baja actividad económica. En ese sentido, es muy probable que muchos contribuyentes se encuentren impedidos materialmente de realizar los pagos que les permitan cumplir con sus obligaciones fiscales, derivado de la falta de liquidez en sus empresas, máxime que a su vez deben efectuar los pagos íntegros de los sueldos de sus empleados (esto no lo dice la Ley) por lo que la pregunta que se están haciendo los empresarios es: ¿Qué pasa si no puedo pagar mis impuestos en tiempo por no tener los recursos para hacerlo? La respuesta es: NO habrá (i) multas ni (ii) actualización de delitos en materia fiscal.

Pérez Góngora y Asociados 23.11.2022

El 1 de Abril de 2019, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el Acuerdo de Facilidades Administrativas en Impuesto Sobre Nóminas COVID-19, que entró en vigor el mismo día de su publicación y estará vigente hasta el mes de Junio de 2020. En dicho Decreto, se establece una exención del Impuesto Sobre Nómina por los meses de Marzo, Abril y Mayo de 2020, para empresas (personas físicas y morales) cuyo nivel de ingreso bruto anual para efectos del Impuesto Sobre la Renta sea inferior a 4 mdp en 2019 y que cuenten con una plantilla laboral de 1 a 10 empleados directos.

Pérez Góngora y Asociados 23.11.2022

Tenemos el gusto de invitarlos a nuestra próxima conferencia en línea sin costo organizada en conjunto con Flores Group Attorneys & Advisors. Esta conferencia tendrá lugar el próximo martes 12 de mayo en punto a las 16:00 horas (UTC-6). Contenido: Riesgos patrimoniales. Planeación patrimonial.... Entidades legales en los E.U.A. Obligaciones de residentes y ciudadanos vs. no residentes. Implicaciones patrimoniales, sucesorias y fiscales al invertir en los E.U.A. Implicaciones patrimoniales y fiscales de las visas en los E.U.A. Protección patrimonial a través de tratados internacionales. Registro: https://www.perezgongora.com/conferencia ¡Cupo limitado!

Pérez Góngora y Asociados 23.11.2022

#MsiCaseStudies A referral between MSI members in USA and Mexico helped a multinational manufacturing company set up a subsidiary in Mexico.

Pérez Góngora y Asociados 22.11.2022

Atención: Empresas de Comercio, Servicios y Turismo Como es de su conocimiento, los sectores de Comercio, Servicios y Turismo que representamos, han sido de los más afectados por la crisis sanitaria y económica causada por la pandemia del COVID-19 que enfrenta nuestro país. Ante ello, nuestra Confederación está diseñando estrategias y propuestas para solventar la crisis y abonar así, a la recuperación y la reconversión de la actividad económica de nuestros agremiados.... Como punto de partida se está integrando el Diagnóstico Empresarial COVID-19 que les pedimos contestar en el vínculo adjunto a la presente, lo cual le debe llevar un máximo de 3 a 4 minutos. Este diagnóstico será presentado a los organismos e instituciones financieras nacionales e internacionales, con la finalidad de nos den conocer sus esquemas de financiamiento y reestructuración ante la crisis, así como asegurar pasos y necesidades que existen para el regreso al trabajo cotidiano después de la crisis. Gracias por su participación. https://docs.google.com//1FAIpQLScVQIJ1bhVpDDUG4-/viewform

Pérez Góngora y Asociados 22.11.2022

#OpinionPGA por Raúl Javier González Castillo. Es muy común que al ejercer sus facultades de comprobación mediante una visita domiciliaria, las autoridades fiscales requieran al contribuyente visado diversa información y/o documentación, y para ello le otorguen un plazo para atender dicho requerimiento, lo anterior con fundamento en el artículo 53 del Código Fiscal de la Federación, señalando la autoridad fiscalizadora, sin sustento legal alguno, que el plazo otorgado para pr...esentar la información requerida, empieza a correr a partir del día en que se le notificó el requerimiento (levantamiento del acta parcial en la cual se asienta la notificación) o en otros casos, (inexplicablemente tiene dos criterios diferentes) a partir del día siguiente en que se diligenció la mencionada acta. Afirmamos y consideramos que es infundado que la autoridad fiscalizadora determine y señale que el plazo que está otorgando al contribuyente visitado para cumplir con el requerimiento de información, debe de iniciar el mismo día del levantamiento del acta parcial o en ciertos casos, al día siguiente del mencionado levantamiento del acta respectiva, pues el citado artículo 53 del Código Tributario es muy claro al establecer en sus incisos b) y c) que los plazos empiezan a correr a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación de la solicitud respectiva, por lo que, con el criterio irregular de la autoridad revisora, se le está quitando al contribuyente uno o dos días, según el caso, para cumplimentar el requerimiento de información y/o documentación, lo anterior es así, ya que con fundamento en el mencionado artículo 53 del Código Fiscal de la Federación, así como el primer párrafo del artículo 7 del Reglamento del citado ordenamiento; el cómputo de los plazos comienza a contarse a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación del acto o resolución, y no, como equivocadamente lo señala la autoridad fiscalizadora a partir del día de la notificación o al día siguiente de la misma.

Pérez Góngora y Asociados 22.11.2022

#OpinionPGA por Lic. Ivan Saul Ibarra Bernal. Se Amplía Plazo Sobre Exención de Impuesto Sobre Nómina en Nuevo León El pasado 6 de Julio del 2020 fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el Acuerdo de Facilidades Administrativas en junio en impuesto sobre nóminas COVID-19, por el cual se extienden los beneficios del Acuerdo previo que fuese publicado el 1 de Abril del 2020, que exime del pago del Impuesto sobre Nóminas correspondiente al mes de Junio del 2020 a personas físicas o morales que tienen menos de 10 empleados y cuyo nivel de ingreso bruto anual para efectos del Impuesto Sobre la Renta sea inferior a 4 mdp en 2019, y a las dedicadas al sector de la recreación (como son, salas de cines, teatros, casinos, gimnasios, hoteles, bares, restaurantes y salones de fiestas).

Pérez Góngora y Asociados 22.11.2022

#OpinionPGA por Por C.P. Juan Carlos Rodríguez Domínguez El Gobierno mexicano no ha apoyado a las familias mexicanas ante la crisis mundial originada por la pandemia de COVID-19, a través de estímulos fiscales o facilidades que contemplen beneficios como el no gravar con IVA las pruebas de laboratorio para la detección oportuna del contagio de este nuevo virus.

Pérez Góngora y Asociados 22.11.2022

Mesa de Análisis sobre la PRODECON con la participación del C.P. Juan Carlos Pérez Góngora. Lunes 22 a las 17:00 horas en el portal de facebook de GVA.

Pérez Góngora y Asociados 21.11.2022

#OpinionPGA por C.P. Silvia Trinidad Contreras. Compartimos con ustedes un breve análisis respecto a la Declaración Anual de Riesgo de Trabajo que debe presentarse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. Cada año una de las obligaciones de las empresas registradas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, es revisar su siniestralidad en el mes de febrero, esto con el propósito de determinar si su prima de siniestralidad aumentó o disminuyó.

Pérez Góngora y Asociados 21.11.2022

Es una plática muy interesante del Procurador Fiscal de la Federación. Es el 14 de febrero en Mty

Pérez Góngora y Asociados 21.11.2022

#OpinionPGA por Lic. Pedro Pablo Rodríguez Galván. A partir del ejercicio fiscal de 2020, las personas morales deberán presentar un aviso ante el RFC a través del portal del SAT donde deben informar cualquier modificación o incorporación de socios o accionistas.

Pérez Góngora y Asociados 20.11.2022

Mesa de Análisis sobre la PRODECON con la participación del C.P. Juan Carlos Pérez Góngora. Lunes 22 a las 17:00 horas en el portal de facebook de GVA.



Información

Localidad: Monterrey

Teléfono: +52 81 8345 3635

Ubicación: 623 Calle Doctor José María Coss Sur 64000 Monterrey, Nuevo León, México

Web: www.perezgongora.com

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