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MGómez & Asociados 23.11.2022

NUEVA LEY!! El día de hoy 03-06-2021 se publicó en el DOF la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad, la cual es de orden público, interés general y de aplicación en todo el territorio nacional y tiene por objeto promover la transparencia en el mercado de la publicidad, así como la prevención y el combate a prácticas comerciales que constituyen una ventaja indebida a favor de personas determinadas en pe...rjuicio de los anunciantes y, en última instancia, de los consumidores y será aplicable a los actos, contratos, convenios, acuerdos o procedimientos, cualquiera que sea el nombre o denominación que se les dé, que celebren entre sí, dos o más de los agentes económicos. Consúltala aquí! https://www.dof.gob.mx/nota_to_doc.php?codnota=5620204

MGómez & Asociados 22.11.2022

Resolución de Sala para el resarcimiento e indemnización por fallas en el servicio telefónico.

MGómez & Asociados 21.11.2022

SI QUIEN PROMUEVE AMPARO DIRECTO, SE OSTENTA COMO AUTORIZADO EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 1069 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, EL JUZGADOR DEBE PREVENIRLO PARA QUE ACREDITE EL CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO DE LA PARTE QUEJOSA. Los artículos 175, 179 y 180 de la Ley de Amparo, deben interpretarse en las coordenadas del principio pro persona y el derecho de acceso a la justicia, en coherencia con los principios de certidumbre jurídica y economía procesal, en el sentido de que... la personería del promovente constituye un presupuesto procesal de análisis oficioso. Desde esta perspectiva, debe estimarse que si en la demanda de amparo directo el promovente se ostenta como autorizado de la parte quejosa en términos del artículo 1069 del Código de Comercio -conforme al cual carece de facultades para promover dicha demanda- y omite exhibir documento alguno que lo acredite como su representante legal o apoderado, el juzgador deberá prevenirlo para que subsane esa irregularidad y acredite con documento fehaciente el carácter de representante legal o apoderado del quejoso, con el apercibimiento que de no hacerlo se tendrá por no presentada la demanda de amparo directo, pues este modo de actuar permite salvaguardar de manera más eficiente e integral los derechos de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva, previstos en el artículo 17 constitucional y el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como en los principios de impartición de justicia pronta, expedita y acceso efectivo a la jurisdicción. Así lo resolvió la Primera Sala de la SCJN en su tesis jurisprudencial Tesis: 1a./J. 15/2016 (10a.).

MGómez & Asociados 20.11.2022

ACTUALIZACIÓN DEL LISTADO GLOBAL DE DEFINITIVOS 69-B Checar el siguiente enlace: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php

MGómez & Asociados 20.11.2022

Se publica en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y su Anexo 1-A, segunda versión anticipada. Puede consultarlo de manera integra en: https://www.sat.gob.mx//2/versiones-anticipadas-de-la-rmfR



Información

Ubicación: Tomas Balcazar Zapopan, Jalisco, Mexico

Web: abogado-especializados.webnode.mx

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