L.C Denisse Sanchez B.
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Si eres asalariado y tuviste ingresos mayores a 400, 000 al año o trabajaste para más de dos patrones estás obligado a presentar tu declaración anual antes del 30 de abril. También la puedes hacer de manera opcional si es que cuentas con algunas deducciones personales que te podrán generar un saldo a favor . A continuación te dejo una lista de las deducciones que pueden entrar en tu declaración :
Diciembre mes de aguinaldo !!! Sabes cómo se calcula ?? Sabes si tienes derecho a el ? Aquí un poco de información
Incumplidos el 55% de las personas que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal Puede ser un dolor de cabeza en este año que entra las multas así que si aún no presentas tus pagos aún tienes tiempo de ponerte al corriente . La mayoría lleva su registro diario de ingresos y egresos y eso es lo único que se ocupa para presentar tus declaraciones , es más fácil de lo que parece y te puede evitar muchos problemas en el futuro . Es mejor cumplir !!!
Buenos días !!! El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio su brazo a torcer!! Como medida de apoyo ante la emergencia sanitaria por Covid 19, extendió el plazo para realizar la declaración de personas físicas hasta el día 30 de junio de 2020. Así que aún tenemos buen tiempo para poder cumplir nuestra obligaciones fiscales !!
Buenos días !! Ya casi es abril !! Mes de declaraciones anuales para personas físicas . Recuerden verificar que su clave ciec o e-firma están vigentes ! Para que así el trámite sea más rápido .
Buen día !! Es importante que revisemos los requisitos para que las deducciones por colegiaturas sean válidas !!
Estamos en mes de presentar tu Declaración Anual ! Si estás en el régimen de Sueldos y Salarios tienes opciones ! Si en él año pasado tuviste más de dos patrones es tu obligación presentar tu Declaración aunque también puedes hacerlo de manera opcional sobre todo si tienes crédito infonavit . Esto te puede generar un saldo a favor . Para el régimen de Actividad Empresarial Y Profesional no es opción es obligación !
Régimen de Incorporación Fiscal Declara cada dos meses los ingresos derivados de las operaciones que hayas tenido en tu negocio. Qué hacer para cumplir? ... Emitir factura electrónica y registrar las operaciones. Emite la factura electrónica por tus ventas o prestación de servicios, en los casos siguientes: Individual, cuando te la solicite el cliente. Global, por las ventas o servicios con el público en general (puede ser de forma diaria, semanal, mensual o bimestral). De nómina, en caso de tener empleados, por los pagos de sueldos y salarios y retenciones que les realices por los mismos conceptos. El registro de los gastos en Mis cuentas se realiza de forma automática cuando se generan las facturas electrónicas; en caso contrario, regístralos.
Otra novedad en estos días por parte del SAT es que ya puedes hacer el trámite de tu contraseña por el sitio web ! Recordemos que este trámite solo se podía realizar con previa cita pero se ha modificado para evitar aglomeraciones en las oficinas y así que cada vez más tramites se puedan realizar vía Internet !.
Hola qué tal !! Me alegra informarles que ya estoy prestando mis servicios contables en Monte Escobedo !! Cualquier duda , asesoría o servicio de tipo contable estoy a sus órdenes en los números que deje aquí en mi página o por mensaje de Facebook !!
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