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En Lacroix-Sangur estamos comprometidos en participar y apoyar activamente en el mejoramiento de la calidad de vida de la sociedad mexicana, por lo que hemos implementado un Programa Pro Bono a fin de brindar asesoría y asistencia legal gratuita a organizaciones civiles sin fines de lucro, así como a personas físicas que carecen de los recursos económicos suficientes para obtener asesoría y asistencia legal de alta calidad que les permita salvaguardar y ejercer plenamente s...us derechos. De tal manera que nuestro equipo de abogados constantemente dedica parte de su tiempo a llevar casos pro bono, los cuales son atendidos con el mayor de los compromisos, a través de un trato personalizado, honesto, responsable y transparente. Para aplicar a nuestro Programa Pro Bono es necesario enviar su solicitud a través de nuestra sección de contacto, señalando dentro del campo de Asunto que se trata de un caso Pro Bono y después brindar una explicación detallada del mismo, o bien hacerlo a través de nuestra línea telefónica a fin de que podamos programar una cita de asesoría en la que será atendido por un especialista del área de práctica que tenga relación con el caso a tratar, el cual se encargará de disipar todas sus dudas e inquietudes, además de definir la estrategia legal a seguir para la correcta y pronta solución de su problema legal.
Recuerda que ya están laborando todos los juzgados civiles, familiares y de todas las materias, tanto en Estado de México con en la CDMX no dudes en pedir tu asesoría legal, será un placer atenderte.
Trabajando en toda la República
Estimados clientes y amigos: El día 30 de marzo del año dos mil veinte, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el cual el Consejo de Salubridad General declara como EMERGENCIA SANITARIA por causa de fuerza mayor la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19). El acuerdo publicado declaró EMERGENCIA SANITARIA, lo que no encuadra en los supuestos que prevé la Ley Federal del Trabajo para determinar la suspensión de las relacion...es de trabajo, por lo que NO EXISTE POR EL MOMENTO CAUSAL DE SUSPENSIÓN DE RELACIONES LABORALES Y POR TANTO EL PAGO DE SALARIOS A LOS EMPLEADOS SE DEBE CONTINUAR HACIENDO EN FORMA INTEGRA. Lo anterior derivado de que para que se actualice la suspensión en las relaciones laborales debe ser declarada un CONTINGENCIA SANITARIA, no una emergencia sanitaria, y sin la existencia de dicha declaratoria no son aplicables las disposiciones legales con relación a la suspensión de la relación laboral con sus consecuencias inherentes. Ahora bien, el acuerdo publicado remite a su vez a las medidas determinadas por la Secretaria de Salud que conllevan a la SUSPENSIÓN INMEDIATA DE ACTIVIDADES NO ESENCIALES, tanto en el sector público, privado y social. Con relación al inciso c) establece como excepción las actividades cuya suspensión pueda tener efectos irreversibles para su continuación, dicha determinación es del todo imprecisa y obscura, por lo que, si el patrón no está en aquellas actividades esenciales, pero considera que la suspensión de actividades puede llegar a tener efectos irreversibles para su continuación, si no acredita fehacientemente a criterio de la Autoridad encontrarse en este caso de excepción, puede estar sujeto a multas y sanciones, reiterando que la obscuridad de dicha excepción deja en estado de indefensión tanto al patrón como a los trabajadores al no ser claro ni precisa. Como conclusión podemos establecer que, derivado de la EMERGENCIA SANITARIA decretada, NO es posible continuar con las actividades que no sean esenciales, sin embargo, al NO encuadrarse en el supuesto previsto por la Ley Federal del Trabajo en caso de contingencia sanitaria, a los empleados se les deberá seguir cubriendo el pago completo de sus salarios. Con mucho gusto, estaremos como siempre a sus órdenes para resolver cualquier duda con relación al CORONAVIRUS COVID-19, y para tal efecto nos permitimos compartir con ustedes la dirección de correo electrónico en los que estamos a su disposición: [email protected] www.lacroix-sangur.com 55-81-49-73-43 See more
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