Julio Santos Lozano
16 de Septiembre 3311 interior 5, Huexotitla 72410 Puebla, Mexico
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Exención del ISR por enajenación de bienes inmuebles: Ley IMPUESTO SOBRE LA RENTA Artículo 93. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos: XIX. Los derivados de la enajenación de: La casa habitación del contribuyente, siempre que el monto de la contraprestación obtenida no exceda de setecientas mil unidades de inversión y la transmisión se formalice ante fedatario público. ... La exención prevista en este inciso será aplicable siempre que durante los tres años inmediatos anteriores a la fecha de enajenación de que se trate el contribuyente no hubiere enajenado otra casa habitación por la que hubiera obtenido la exención prevista en este inciso y manifieste, bajo protesta de decir verdad, dichas circunstancias ante el fedatario público ante quien se protocolice la operación. Párrafo reformado DOF 18-1 Reglamento de la ley ISR Artículo 155. Para efectos del artículo 93, fracción XIX, inciso a) de la Ley, los contribuyentes deberán acreditar ante el fedatario público que formalice la operación, que el inmueble objeto de la operación es la casa habitación del contribuyente, con cualquiera de los documentos comprobatorios que se mencionan a continuación, siempre que el domicilio consignado en dicha documentación coincida plenamente o, en su caso, con alguno de los elementos fundamentales del domicilio del bien inmueble enajenado utilizados en el instrumento correspondiente y el fedatario público haga constar esta situación cuando formalice la operación: La credencial para votar, expedida por el Instituto Nacional Electoral; II. Los comprobantes fiscales de los pagos efectuados por la prestación de los servicios de energía eléctrica o de telefonía fija, o; III. Los estados de cuenta que proporcionan las instituciones que componen el sistema financiero o por casas comerciales o de tarjetas de crédito no bancarias. La documentación a que se refieren las fracciones anteriores, deberá estar a nombre del contribuyente, de su cónyuge o de sus ascendientes o descendientes en línea recta.
Sabias que la ADELFOPOIESIS era la unión Cristiana entre personas del mismo sexo!!! A propósito del Matrimonio Igualitario!!
Las mujeres son la piedra angular de nuestra sociedad, el respeto significa cero violencia de cualquier tipo, igualdad y equidad de género!! El empoderamiento femenino es justificado y urgente.Las mujeres son la piedra angular de nuestra sociedad, el respeto significa cero violencia de cualquier tipo, igualdad y equidad de género!! El empoderamiento femenino es justificado y urgente.
Importante información!!
¡Con agradecimiento!
Urge implementar este programa!!
La Ley Olimpia, es sin duda la lucha incansable de una mujer por proteger los derechos de una comunidad vulnerable ante los abusos ciberneticos!!! Plausible indudablemente!!!
La nueva Ley del Notariado en Puebla (entrevista completa)
Uso lúdico de la Marihuana, reforma pendiente de cumplimiento!!
Ojalá y este proyecto de programa llegue al Poder Ejecutivo del Estado y sea atendido, considero que su necesidad y oportunidad están justificadas!!
Las sanciones que le pudieran corresponder a Eukid "N"
Comparto mi colaboración de esta semana en parabólica.mx con Fernando Maldonado Agua de Puebla otra vez, tema recurrente!!
Perfecto!!! La intervención de la Corte por omisión Legislativa, creo oportuno un Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares!!!
Comparto mi colaboración de esta semana en parabólica.mx con Fernando Maldonado La Sentencia que autoriza a funcionarios públicos a no separarse de su cargo al buscar la reelección!!!
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