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Responsabilidad Patrimonial del Estado Mexicano 23.11.2022

Mientras nuestras autoridades municipales, estatales y federales no sepan o entiendan qué es actuar con perspectiva de derechos humanos, siempre siempre violaran los derechos fundamentales de la población, lo que nos da pie a reclamarles tal proceder vía juicio de garantías; ahora bien, si las acciones u omisiones gubernamentales además generan daños materiales, personales o morales, podemos demandar indemnizaciones justas e integrales. Debes saber que una cosa es que las autoridades no reconozcan o garanticen nuestros derechos y otra muy distinta que nos causen daños o lesiones. Ambas circunstancias pueden ser reprochadas; y atendiendo a ello, seguimos a tus órdenes para asesorarte y representarte.

Responsabilidad Patrimonial del Estado Mexicano 21.11.2022

Familiares, Amigos y Conocidos Huastecos, necesitamos pedir y/o exigir atenta y respetuosamente, tanto al Fiscal General de Justicia como al Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, ambos de la Entidad Potosina, inviertan ya, en Ciudad Valles y la región, en material y recurso humano suficiente y capaz de cubrir las necesidades de la población involucrada en los trámites legales de sus competencias. Si no tenemos material, infraestructura de vanguardia y, sobre todo, pers...onal suficiente y eficiente en la procuración y administración de justicia, seguiremos siendo violentados en nuestros derechos humanos y fundamentales. Si tú vas al Ministerio Público, por ejemplo, y no te atienden, hay una denegación de justicia, lo que implica violación al derecho humano de acceso, a la misma. Esto, ¿cómo podemos subsanarlo? Interponiendo sendos juicios de garantías, pues la falta de tal o cual cosa, no es justificante para violentar nuestros derechos reconocidos en la Constitución y Tratados Internacionales. Ahora, si en la integración de una carpeta de investigación hay deficiencias que terminan dañando o perjudicando a las víctimas u ofendidos como a los imputados (o presuntos responsables), sabias que éstas pueden demandar indemnizaciones considerables a la Fiscalía General del Estado, e incluso, pedir una compensación económica a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Delito? Tienes dos opciones al resultar dañado o perjudicado por personal de la FGE (Mps, Peritos o Ministeriales que no se ponen las pilas): a) Quedarte cruzado de brazos; o, b) Demandar indemnizaciones justas e integrales por la actividad administrativa irregular (negligencias-deficiencias-ineficacias) en la que incurran los servidores públicos al actuar contrario a la ley, protocolos o normales generales. Preciso, sin duda, que tenemos buenos Ministerios Públicos, Peritos y Ministeriales, en la región, los cuales inhumanamente trabajan horas extras, por la falta de personal en las Delegaciones; y los litigantes o postulantes consideramos injusto, que por falta de recursos económicos y atención de sus superiores carguen con culpas ajenas, razón por la cual, son y serán para nosotros la FGE como el STJSLP, los responsables de los daños ocasionados a la población, y toda acción será enderezada contra dichas dependencias.

Responsabilidad Patrimonial del Estado Mexicano 21.11.2022

¿ECONÓMICAMENTE, TE SIENTES DESPROTEGIDO? Como ciudadanos debemos hacer un atento llamado a los Órganos Constitucionales Autónomos (Comisión Nacional de Derechos Humanos y Comisión Estatal de Derechos Humanos), para que de manera integral protejan los derechos fundamentales de nuestros conciudadanos, no nada más el derecho humano de acceso y/o protección a la Salud. De igual forma, se pide que, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa como el Tribunal Estatal de Justici...a Administrativa, reanuden sus actividades jurisdiccionales, pues son estos órganos los encargados de sancionar o no, los actos u omisiones de las autoridades de la función pública. Es, en éste momento, cuando más deben trabajar en pro de los derechos de los ciudadanos que se sienten afectados por las acciones gubernamentales. Entendemos las medidas sanitarias impuestas por la Secretaria de Salud Federal y/o el Consejo de Salubridad General, a través de los acuerdos y decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación, no así, las medidas restrictivas implementadas por los Municipios y Estados, pues seguimos insistiendo, no se ha publicado declaración alguna de Estado de Excepción. Días pasados comentamos a nuestros Representantes Populares (Diputados), que comerciantes, empresarios e industriales están buscando asesoramientos para proceder contra Municipios y el mismo Estado, ya que los cierres a los que los sujetaron y/o obligaron, les están causando serios daños materiales y morales; acciones que son procedentes en términos del Artículo 109 Constitucional y su Ley Reglamentaria (Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial); y 124 de la Constitución del Estado de S.L.P., como en su Ley Reglamentaria (Ley Estatal de Responsabilidad Patrimonial). Sabemos que por causas de fuerza mayor y caso fortuito se pueden excluir a las autoridades de pagar daños y perjuicios, pero para ello debe existir, insisto, la declaratoria de Estado de Excepción, mediante la cual se permite la suspensión o restricción de derechos. Desde el punto de vista de los Abogados, los Municipios y los Estados, deberían de exigir al Gobierno Federal, que sea su personal, el cual realice las suspensiones o restricciones de las actividades comerciales, de no hacerlo así, serán solidariamente responsables de los daños económicos causados al sector productivo. Reclamaciones indemnizatorias que de llegar a judicializarse, no dudo lleguen, al final del día, a ser resueltas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual tendrá el trabajo de interpretar si son suficientes los acuerdos y decretos publicados por el Gobierno Federal, para excluir de responsabilidad patrimonial a la Federación, Estados y Municipios; o bien, si era necesario la declaración de Estado de Excepción contemplada en el artículo 29 Constitucional.

Responsabilidad Patrimonial del Estado Mexicano 20.11.2022

Esperamos, de corazón, que tengan un 2020, en paz y en la tranquilidad, libre de cualquier abuso particular o negligencia gubernamental; sin embargo, de sufrirla, recuerda que no tienes la obligación de soportarla, sobre todo, que tienes el derecho de exigir la reparación del daño patrimonial, personal o moral, a través de una indemnización justa e integral, a cargo del Municipio, Estado o Federación.

Responsabilidad Patrimonial del Estado Mexicano 20.11.2022

Hoy más que nunca debemos reconocer que tenemos familiares, amigos y conocidos que se desempeñan excelentemente bien como servidores públicos ( doctores, enfermeros, camilleros, maestros, policías, mps, etc ); pero también, que hay malos elementos que manchan la imagen de tal o cual dependencia y que con motivo de sus deficiencias-negligencias, e incluso, arbitrariedades-abusos causan daños materiales, personales y morales al ciudadano común y corriente. Es tiempo de entender... que la mejor manera de ayudarnos todos, es aceptar ésta última problemática y combatirla para tener servicios de calidad y humanos. ¿Cómo? Denunciando a esos pocos elementos que no tienen la vocación de servir. Debemos aceptar también que la mayoría de los funcionarios buenos, por miedo a las represalias, optan por solo ver y callar las malas actuaciones de sus compañeros, peor aún, se enojan cuando los afectados o Abogados demandan indemnizaciones por esas negligencias que lesionan. Señores, si queremos un cambio real y significativo debemos solidarizarnos con aquellos que tienen el valor de quejarse y denunciar. Debemos entender que no importa tanto la persona irresponsable, sino obligar a los directivos para que estén más al pendiente de su personal y sus consecuencias. Recuerden, somos más los buenos.



Información

Localidad: Valles, San Luis Potosi, Mexico

Teléfono: +52 481 381 6451

Ubicación: ABASOLO 523-4 ALTOS 79000 Valles, San Luis Potosi, Mexico

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