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Icarus Abogados Monterrey 23.11.2022

BENEFICIOS AL PEDIR PENSIÓN ALIMENTICIA: a) A tu hija/o le faltarán menos cosas (materiales, vestido y educación), estarás ejerciendo su derecho ya que por su corta edad el menor no puede hacerlo sino tu debes ejercerlo. b) harás que su papá/mamá se haga responsable ante la ley. c) lo cobras rápido antes de que termine el juicio ya que el juez te otorga pensión provisional. d) se lo descuentan directamente donde trabaje el demandado/a.... Aprovecha la oportunidad de ejercer el derecho de tu hija/o, hazlo valer, harás que la familia sea responsable en nuestro país. tus hijos lo merecen. See more

Icarus Abogados Monterrey 23.11.2022

QUIERO EL DIVORCIO! Quiero el Divorcio! es una frase que encierra una necesidad, es la voz de una persona que no puede sostener ni mantener una relación matrimonial. ¡Quiero el Divorcio! es una llamada de auxilio, de una persona que requiere separarse de su pareja. Nuestra misión es asesorar a las personas en este proceso, a fin de que la pareja y la familia salga lo menos lastimada posible. Con el divorcio exprés, basta con que usted firme la demanda para que el Juez decrete el divorcio, sin la necesidad de que el otro cónyuge firme algún documento.

Icarus Abogados Monterrey 23.11.2022

QUE PUEDE HACER CUANDO LE LLEGUÉ UNA DEMANDA? El mismo día en que recibió la demanda o máximo al día siguiente busque un abogado que le inspire confianza, especialista en la materia en la que lo están demandando ya sea civil, mercantil, agrario, fiscal, administrativo, laboral, penal, etc. Ya que cada día que transcurra será de suma importancia para que su abogado prepare su defensa con los documentos que le fueron entregados. Es de suma importancia tener en cuenta que el tér...mino para contestar la demanda es FATAL y pudiera ser muy perjudicial si no se atiende con profesionalismo y prontitud. En dado caso de que usted decida pagar la deuda que le reclaman o acceder a la petición materia de la demanda, es muy importante que le haga saber a su abogado para que se llegue a un arreglo o convenio con el demandante, esto se debe hacer ante el juez encargado del juicio. See more

Icarus Abogados Monterrey 23.11.2022

¿POR QUÉ DEBERÍA CORREGIR MI ACTA DE NACIMIENTO SI CONTIENE ALGÚN ERROR? Porque si tiene un error esto perjudica en su vida jurídica y le afecta en tramites como el acudir ante un banco, solicitar tu CURP, testamento, es caso de ser heredero, credencial del IFE. Cualquier error tendrá problemas. En algunas ocasiones también hay errores en escrituras públicas de compraventa, y al momento en que una persona quiere reclamar que es heredero de tal persona, los herederos tendrán p...roblemas ya que para la ley indica que dicha persona no es su familiar. Por eso es importante tener bien acreditados los documentos. la rectificación de las actas del estado civil tiene por objeto la corrección de nombres propios y fechas de nacimiento sin que se altere la filiación o la capacidad de ejercicio del registrado, así como de los errores que se adviertan del cotejo efectuado en las actas del estado civil de donde se transcribieron Pregunta por los requisitos See more

Icarus Abogados Monterrey 23.11.2022

BENEFICIOS AL PEDIR PENSIÓN ALIMENTICIA: a) A tu hija/o le faltarán menos cosas (materiales, vestido y educación), estarás ejerciendo su derecho ya que por su corta edad el menor no puede hacerlo sino tu debes ejercerlo. b) harás que su papá/mamá se haga responsable ante la ley. c) lo cobras rápido antes de que termine el juicio ya que el juez te otorga pensión provisional. d) se lo descuentan directamente donde trabaje el demandado/a.... Aprovecha la oportunidad de ejercer el derecho de tu hija/o, hazlo valer, harás que la familia sea responsable en nuestro país. tus hijos lo merecen. See more

Icarus Abogados Monterrey 23.11.2022

CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES Y ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD. DIFERENCIAS ENTRE AMBOS MEDIOS DE CONTROL CONSTITUCIONAL. Si bien es cierto que la controversia constitucional y la acción de inconstitucionalidad son dos medios de control de la constitucionalidad, también lo es que cada una tiene características particulares que las diferencian entre sí; a saber: a) en la controversia constitucional, instaurada para garantizar el principio de división de poderes, se plantea ...una invasión de las esferas competenciales establecidas en la Constitución, en tanto que en la acción de inconstitucionalidad se alega una contradicción entre la norma impugnada y una de la propia Ley Fundamental; b) la controversia constitucional sólo puede ser planteada por la Federación, los Estados, los Municipios y el Distrito Federal a diferencia de la acción de inconstitucionalidad que puede ser promovida por el procurador general de la República, los partidos políticos y el treinta y tres por ciento, cuando menos, de los integrantes del órgano legislativo que haya expedido la norma; c) tratándose de la controversia constitucional, el promovente plantea la existencia de un agravio en su perjuicio en tanto que en la acción de inconstitucionalidad se eleva una solicitud para que esta Suprema Corte de Justicia de la Nación realice un análisis abstracto de la constitucionalidad de la norma; d) respecto de la controversia constitucional, se realiza todo un proceso (demanda, contestación de demanda, pruebas, alegatos y sentencia), mientras que en la acción de inconstitucionalidad se ventila un procedimiento; e) en cuanto a las normas generales, en la controversia constitucional no pueden impugnarse normas en materia electoral, en tanto que, en la acción de inconstitucionalidad pueden combatirse cualquier tipo de normas; f) por lo que hace a los actos cuya inconstitucionalidad puede plantearse, en la controversia constitucional pueden impugnarse normas generales y actos, mientras que la acción de inconstitucionalidad sólo procede por lo que respecta a normas generales; y, g) los efectos de la sentencia dictada en la controversia constitucional tratándose de normas generales, consistirán en declarar la invalidez de la norma con efectos generales siempre que se trate de disposiciones de los Estados o de los Municipios impugnados por la Federación, de los Municipios impugnados por los Estados, o bien, en conflictos de órganos de atribución y siempre que cuando menos haya sido aprobada por una mayoría de por lo menos ocho votos de los Ministros de la Suprema Corte, mientras que en la acción de inconstitucionalidad la sentencia tendrá efectos generales siempre y cuando ésta fuere aprobada por lo menos por ocho Ministros. En consecuencia, tales diferencias determinan que la naturaleza jurídica de ambos medios sea distinta. See more

Icarus Abogados Monterrey 23.11.2022

DEMANDAR JUICIO DE ALIMENTOS CONVIENE A TODA LA FAMILIA. Conviene tanto para la madre como al padre, ya que por un lado por la madre hace que se cumpla cabalmente en favor de los hijos, y del otro lado por el padre hace que no adeude estas obligaciones, entonces a largo plazo es un trámite que beneficia a la familia. Lo que no ésta bien es que sea muy alta y que deje insuficiente al bolsillo del que otorga la pensión porque entonces su vida tendrá carencias. Tampoco deberá ser muy poco en favor de los hijos porque le faltará para su sano crecimiento. Hay varias formas de cómo cumplir la pensión alimenticia, te podemos ayudar en estos trámites.

Icarus Abogados Monterrey 23.11.2022

DIVORCIO EXPRESS: Si estás buscando un divorcio: * Sano. * Confiable * Transparente... * Seguro y discreto. * En donde no pierdes tiempo dando vueltas en los juzgados. Pues tu mejor opción es el divorcio express/incausado, donde no necesitas que el otro cónyuge firme algún documento o vaya a los juzgados.

Icarus Abogados Monterrey 22.11.2022

QUE INCLUYE LA PENSION ALIMENTICA? Los alimentos comprenden la manutención en general que incluye entre otros, la comida, el vestido, la habitación y la salud. Respecto de los menores de edad, los alimentos comprenderán además, los gastos necesarios para la educación preescolar, primaria y secundaria del alimentista y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a su edad y circunstancias personales, lo cual también deberá considerarse respecto de los mayores de edad, cuando el caso así lo amerite.

Icarus Abogados Monterrey 22.11.2022

TE AYUDAMOS A CANCELAR LAS MULTAS DE PROFECO. Profeco es una órgano del gobierno Federal, y para el caso de cobro de multas se auxilia de las tesorerías o autoridades tributarias de los estados o municipios en los que se hubiese cometido la infracción. Se guarda estrecha relación entre las delegaciones de Profeco junto con las autoridades tributarias locales o municipales para el cobro de los montos de las multas, mediante procedimientos administrativos de ejecución. Mediante el procedimiento que nosotros podemos instaurar para ayudarte a cancelar las multas hechas contra ti por Profeco.

Icarus Abogados Monterrey 22.11.2022

¿AMBOS QUEREMOS EL DIVORCIO QUE DEBO HACER? Verifica que estén de acuerdo en todos los puntos que pide el juez: a) LA PENSION ALIMENTICIA: cantidad fijada y un Aval con solvencia. b) LA CONVIVENCIA: que días habrá convivencia. c) SI HAY BIENES: documentos que lo acrediten.... d) ELEGIR UN FIADOR. Con ello se hace un convenio y la demanda firmada por ambas partes. See more

Icarus Abogados Monterrey 21.11.2022

¿TE QUIERES DIVORCIAR? Garantizamos resultados sin importar que: - Tu esposo o esposa no quiera - Se hayan casado en otro estado que no sea Nuevo León. - No te sepas el domicilio de la esposa o esposo.... - Uno o ambos esposos estén en otra ciudad o País. - Exista controversia por los hijos o conflicto por los bienes See more

Icarus Abogados Monterrey 21.11.2022

TE AYUDAMOS A CANCELAR LAS MULTAS DE PROFECO. Profeco es una órgano del gobierno Federal, y para el caso de cobro de multas se auxilia de las tesorerías o autoridades tributarias de los estados o municipios en los que se hubiese cometido la infracción. Se guarda estrecha relación entre las delegaciones de Profeco junto con las autoridades tributarias locales o municipales para el cobro de los montos de las multas, mediante procedimientos administrativos de ejecución. Mediante el procedimiento que nosotros podemos instaurar para ayudarte a cancelar las multas hechas contra ti por Profeco.

Icarus Abogados Monterrey 21.11.2022

¿EL DIVORCIO INCLUYE LA PENSIÓN ALIMENTICIA? - Esta es la duda que tienen muchas mamas para asegurar los alimentos en favor de sus hijos. - La respuesta es sí, siempre y cuando tu ex quiera firmar un CONVENIO, y este divorcio puede ser tanto en el divorcio voluntario como el divorcio express. - No necesitas esperar hasta el divorcio para demandar, ni tampoco una vez divorciada, se demanda en cualquier momento.

Icarus Abogados Monterrey 21.11.2022

QUE INCLUYE LA PENSION ALIMENTICA? Los alimentos comprenden la manutención en general que incluye entre otros, la comida, el vestido, la habitación y la salud. Respecto de los menores de edad, los alimentos comprenderán además, los gastos necesarios para la educación preescolar, primaria y secundaria del alimentista y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a su edad y circunstancias personales, lo cual también deberá considerarse respecto de los mayores de edad, cuando el caso así lo amerite.

Icarus Abogados Monterrey 20.11.2022

TIP DEL DÍA - CASO PRÁCTICO PATRIMONIO FAMAILAR: Se adquirió una vivienda a través de Fomerrey, uno de los cónyuges falleció y se necesita regularizar la propiedad ya que ésta cuenta con la cláusula de patrimonio familiar, por tanto, no se puede vender, donar etc. A través de Juicio con procedimiento especial, podemos cancelar el patrimonio familiar y declarar heredero al cónyuge que sobrevive, con esto ya se puede regularizar la propiedad y hacer lo que mejor convenga. Si esta es tu situación a de algún conocido, familiar etc., mándanos un inbox o llámanos y con gusto lo asesoramos.

Icarus Abogados Monterrey 20.11.2022

CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES Y ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD. DIFERENCIAS ENTRE AMBOS MEDIOS DE CONTROL CONSTITUCIONAL. Si bien es cierto que la controversia constitucional y la acción de inconstitucionalidad son dos medios de control de la constitucionalidad, también lo es que cada una tiene características particulares que las diferencian entre sí; a saber: a) en la controversia constitucional, instaurada para garantizar el principio de división de poderes, se plantea ...una invasión de las esferas competenciales establecidas en la Constitución, en tanto que en la acción de inconstitucionalidad se alega una contradicción entre la norma impugnada y una de la propia Ley Fundamental; b) la controversia constitucional sólo puede ser planteada por la Federación, los Estados, los Municipios y el Distrito Federal a diferencia de la acción de inconstitucionalidad que puede ser promovida por el procurador general de la República, los partidos políticos y el treinta y tres por ciento, cuando menos, de los integrantes del órgano legislativo que haya expedido la norma; c) tratándose de la controversia constitucional, el promovente plantea la existencia de un agravio en su perjuicio en tanto que en la acción de inconstitucionalidad se eleva una solicitud para que esta Suprema Corte de Justicia de la Nación realice un análisis abstracto de la constitucionalidad de la norma; d) respecto de la controversia constitucional, se realiza todo un proceso (demanda, contestación de demanda, pruebas, alegatos y sentencia), mientras que en la acción de inconstitucionalidad se ventila un procedimiento; e) en cuanto a las normas generales, en la controversia constitucional no pueden impugnarse normas en materia electoral, en tanto que, en la acción de inconstitucionalidad pueden combatirse cualquier tipo de normas; f) por lo que hace a los actos cuya inconstitucionalidad puede plantearse, en la controversia constitucional pueden impugnarse normas generales y actos, mientras que la acción de inconstitucionalidad sólo procede por lo que respecta a normas generales; y, g) los efectos de la sentencia dictada en la controversia constitucional tratándose de normas generales, consistirán en declarar la invalidez de la norma con efectos generales siempre que se trate de disposiciones de los Estados o de los Municipios impugnados por la Federación, de los Municipios impugnados por los Estados, o bien, en conflictos de órganos de atribución y siempre que cuando menos haya sido aprobada por una mayoría de por lo menos ocho votos de los Ministros de la Suprema Corte, mientras que en la acción de inconstitucionalidad la sentencia tendrá efectos generales siempre y cuando ésta fuere aprobada por lo menos por ocho Ministros. En consecuencia, tales diferencias determinan que la naturaleza jurídica de ambos medios sea distinta. See more



Información

Localidad: San Nicolás de los Garza

Teléfono: 81 8097 1901

Ubicación: Padre Mier #201-A, Col. Centro 66400 San Nicolás de los Garza, Nuevo León, Mexico

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