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Glintt 22.11.2022

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se dan a conocer los días que serán considerados como inhábiles para los actos y procedimientos administrativos substanciados por SEMARNAT y sus órganos desconcentrados. En resumen, se considerarán días inhábiles todo el mes de mayo, exceptuando para efectos de plazos y términos algunos trámites en materia forestal, importación y exportación de sustancias químicas y residuos peligrosos, impa...cto ambiental, residuos peligrosos biológico-infecciosos, Cédula de Operación Anual. Se habilitan los días 6, 13, 20 y 27 de mayo para los actos administrativos inherentes a los trámites y procedimientos competencia de la Unidad de Gestión Industrial de ASEA. De igual forma, se exceptúan los plazos y términos referidos en el Acuerdo, para la operación del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible (PROCODES); el Programa para la Protección y Restauración de Ecosistemas y Especies en Riesgo (PROREST) y los procedimientos relacionados con Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obras Públicas. El Acuerdo entrará en vigor el 4 de mayo de 2020.

Glintt 21.11.2022

Estimados clientes y amigos, Nos es grato informarles que nuestro socio Alberto Silva ha sido reconocido por la 11 Edición (2020) de la publicación internacional The Best Lawyers in México (www.bestlawyers.com), en el área de Derecho Ambiental. Este reconocimiento es una prueba del compromiso y profesionalismo que nuestro equipo de expertos en GLINTT emplea en los servicios que brindamos.

Glintt 21.11.2022

En enero del presente año fueron publicadas las disposiciones administrativas de carácter general aplicables a las operaciones de trasvase para el transporte y distribución de hidrocarburos, por medios distintos a ductos. Asimismo, los lineamientos contienen disposiciones aplicables a las instalaciones de almacenamiento, plantas de distribución y de procesamiento, en las que se lleven a cabo operaciones de trasvase. Por lo anterior, los Regulados que realicen las actividades ...descritas, deberán cumplir con los requisitos que establecen los referidos lineamientos. Algunas de las obligaciones establecidas consisten en: i) contar con seguros de responsabilidad civil y responsabilidad por daño ambiental, ii) realizar el Análisis de Riesgo de conformidad con la normatividad aplicable, iii) obtener los dictámenes de terceros para el diseño, pre-arranque y mantenimiento de las instalaciones de trasvase, así como presentar dichos dictámenes y iv) presentar el aviso de inicio de operaciones ante ASEA. Es importante mencionar que los regulados que se encontraban operando antes de la entrada en vigor de los lineamientos, deberán dar cumplimiento a las disposiciones que le son aplicables a partir del presente mes de mayo de 2019, de conformidad con las especificaciones y el plazo otorgado en las disposiciones administrativas publicadas.

Glintt 21.11.2022

En octubre de 2018 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo - Identificación, análisis y prevención, misma que entrará en vigor en el mes de octubre de 2019. La referida NOM tiene como objetivo establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo. ... La Norma aplica en todos los centros de trabajo, pero las obligaciones establecidas dependerán del número de trabajadores que laboren en cada centro de trabajo. De conformidad con la Norma, los patrones deberán implementar, mantener y difundir una política de prevención de riesgos psicosociales, para lo que deberán identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial y evaluar el entorno organizacional, adoptando las medidas necesarias para prevenir y controlar dichos factores de riesgo, promoviendo además un entorno organizacional favorable, así como practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral, entre otras obligaciones. Por lo anterior, es importante que las empresas inicien las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento a la Norma una vez que entre en vigor en el mes de octubre del presente año.

Glintt 20.11.2022

Nota Informativa sobre los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas. http://dof.gob.mx/nota_detalle.php

Glintt 20.11.2022

Nuevo Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable El día de ayer SEMARNAT publicó en el Diario Oficial de la Federación el nuevo Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, misma que fue reformada el pasado mes de abril. El Reglamento es de observancia general en todo el territorio nacional y tiene por objeto reglamentar la Ley de referencia en materia de conservación, protección, restauración, producción, ordenación, cultivo, manejo y... aprovechamiento sustentable de los ecosistemas forestales del país y sus recursos. Algunos aspectos relevantes del Reglamento, son los siguientes: * Derechos y Salvaguardas: se incluye un capítulo sobre este tema, con disposiciones relacionadas a las políticas, estrategias, medidas y acciones en materia de reducción de emisiones por Deforestación y Degradación forestal así como el listado de Salvaguardas comprendidas en el Marco de Implementación y Cumplimiento de Salvaguardas, entre las que se encuentran: - El respeto de los conocimientos y los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas y comunidades equiparables, tomando en consideración las obligaciones internacionales pertinentes, las circunstancias de dichos pueblos y comunidades y la legislación nacional. - La participación plena y efectiva de los interesados y, de manera particular, de los pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas y comunidades equiparables a quienes se les deberá garantizar los derechos a la consulta, libre, previa e informada y de participación de acuerdo con su cultura y forma de organización. - La adopción de medidas para hacer frente a los riesgos de reversión de emisiones gases efecto invernadero * Sistema Nacional de Información y Gestión Forestal y el Sistema Nacional de Monitoreo Forestal: disposiciones reglamentarias sobre su integración y funcionamiento. * Requisitos de autorizaciones: actualización de requisitos para autorizaciones de plantaciones forestales comerciales, aprovechamiento de recursos forestales maderables y cambio de uso de suelo forestal, en el caso de ésta última, también se modificaron los requisitos que deberán contener los estudios técnicos justificativos. * ASEA: incluye las competencias de esta autoridad para los cambios de uso de suelo en terrenos forestales, para las actividades del sector hidrocarburos. * Certificación forestal: disposiciones relativas a los mecanismos para la Certificación de buen manejo forestal de acuerdo con los estándares internacionales. * Servicios ambientales: se adicionó un capítulo sobre los reconocimientos certificados para acreditar los esfuerzos de conservación de los recursos forestales y sus servicios ambientales.



Información

Localidad: Mexico City, Mexico

Teléfono: +52 55 5929 4081

Ubicación: Camelia 156 01030 Mexico City, Distrito Federal, Mexico

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