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Enrique David Ogaz Diaz 23.11.2022

¿UNIVERSIDADES PRIVADAS ¿PUEDEN SER AUTORIDADES RESPONSABLES EN EL JUICIO DE AMPARO? ¿Universidades privadas ¿pueden ser autoridades responsables en el juicio de amparo? De inicio, tenemos que el juicio de amparo es el instrumento o medio de defensa y protección de derechos humanos ante actos u omisiones cometidos por parte de los poderes públicos o por particulares.... Para efectos del juicio de amparo, los particulares tendrán la calidad de autoridad responsable cuando realicen actos equivalentes a los de una autoridad, que afecten derechos humanos de los gobernados y cuyas funciones estén determinadas por una norma general, conforme a la fracción II, segundo párrafo, del artículo 5. de la Ley de Amparo. Las universidades privadas son, sin duda, entes particulares (no públicos), pero cuyas facultades se encuentran reguladas por la Ley General de Profesiones, las correspondientes leyes de cada estado de la República donde se ubiquen estas, y por su propia ley reglamentaria o reglamento interno. Para efectos del juicio de amparo, los particulares tendrán la calidad de autoridad responsable cuando realicen actos equivalentes a los de una autoridad, que afecten derechos humanos de los gobernados y cuyas funciones estén determinadas por una norma general, conforme a la fracción II, segundo párrafo, del artículo 5. de la Ley de Amparo. Las universidades privadas son, sin duda, entes particulares (no públicos), pero cuyas facultades se encuentran reguladas por la Ley General de Profesiones, las correspondientes leyes de cada estado de la República donde se ubiquen estas, y por su propia ley reglamentaria o reglamento interno. El criterio jurisprudencial citado establece una regla aplicable en aquellos casos en los que exista una relación de coordinación entre las instituciones educativas privadas y sus alumnos, en la cual estos se encuentran sometidos voluntariamente a las normas internas de la institución, con base en el contrato de prestación de servicios educativos celebrado entre ambas partes, por lo que no pueden impugnar en amparo los actos relacionados con su inscripción, ingreso, evaluación, permanencia o disciplina. Ahora bien, no obstante que en principio es correcta la apreciación de la jurisprudencia analizada, esta regla no puede aplicar de manera tajante y general en todas las relaciones que se presenten entre la escuela superior y el estudiante, como pueden ser, por ejemplo: un trato desigual de la universidad hacia el alumno por cuestión de su creencia religiosa, su raza o su preferencia sexual, los cuales por su naturaleza e importancia pueden afectar los derechos humanos de los estudiantes, y que por ello se equiparan a los emitidos por una autoridad para efectos de la procedencia del juicio de amparo, al ser pronunciados por la institución educativa de manera unilateral, discrecional y obligatoria, en ejercicio de una función prevista en una norma general que le otorga atribuciones para actuar con esa calidad.

Enrique David Ogaz Diaz 23.11.2022

EN SLP, NIÑA GANA PRIMER AMPARO CONTRA LA NUEVA NORMALIDAD EDUCATIVA La resolución obliga a la Secretaría de Educación del Gobierno del estado, a inscribirla sin condicionar el pago de la inscripción y además a proporcionarle una televisión para estudiar en casa. En un hecho inédito en México, una niña de siete años originaria de San Luis Potosí, obtuvo a través de la representación de su madre en tribunales, una resolución que obliga a la Secretaría de Educación del Gobiern...Continue reading

Enrique David Ogaz Diaz 23.11.2022

Todo listo para empezar Los Columnistas , Borrego siempre llega tarde.

Enrique David Ogaz Diaz 23.11.2022

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Enrique David Ogaz Diaz 23.11.2022

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Enrique David Ogaz Diaz 23.11.2022

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Enrique David Ogaz Diaz 22.11.2022

DELITOS CONTRA FOX Y SALINAS PRESCRIBIERON-UIF El titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Santiago Nieto, afirmó que sólo pueden ser investigados y sancionados legalmente los delitos que habrían cometido los ex Presidentes Enrique Peña Nieto y Felipe Calderón, ya que en el caso de Vicente Fox o Carlos Salinas de Gortari los ilícitos están prescritos. Al participar en el Seminario sobre Violencia y Paz del Colegio de México, que organiza el académico Sergio Agua...yo, el funcionario planteó la creación de una Comisión de la Verdad sobre los demás ex Mandatarios, ante la imposibilidad de llevarlos a la justicia e imponerles un castigo. "Cuando a mí me plantean el tema de los ex Presidentes, yo lo que digo es que en realidad se podría investigar a Felipe Calderón y a Enrique Peña Nieto porque los delitos no se encontrarían prescritos, pero no así a Vicente Fox o a Carlos Salinas de Gortari porque los delitos ya se encontrarían prescritos", dijo Nieto. "¿Qué es lo que creo qué se tiene que hacer? Sí, en esta parte, donde ya no puede haber una acción jurídica en contra de estas personas es por lo menos tener una investigación que permita, déjenme plantearlo así, tener una especie de 'Comisión de la Verdad' respecto de los alcances de la corrupción en el País y que la ciudadanía mexicana sepa de los alcances a los que llegaron todos los ex presidentes que ha mencionado el Presidente López Obrador". El responsable de la UIF consideró que una Comisión de la Verdad sobre los ex Presidentes con delitos prescritos sería una buena salida a la revisión de los hechos de corrupción del pasado, ya que no puede ser aplicada la ley en forma retroactiva porque rompería el marco normativo. Durante su intervención en el seminario, con el tema de "El combate a los cárteles", Nieto se refirió a otros temas como el caso del ex Secretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna, y reveló que las autoridades mexicanas han proporcionado información a Estados Unidos para su eventual juicio. "Hemos entregado información inclusive en el caso García Luna a los fiscales del Distrito Este de Nueva York, vinculados con el tema de corrupción política, que era lo que nosotros tenemos detectado", expuso. De acuerdo con el titular del organismo hacendario, durante la pandemia el sistema financiero ha observado tres nuevas variables, que en algunos casos constituyen riesgos de delito o en otras lo son: la duplicación del número de avisos de préstamos o empeños; el aumento de los fraudes financieros por internet, y también el de la usurpación de identidad. En lo personal discrepo deberían de buscar delitos como la delincuencia organizada e incluso delitos que hayan hecho posterior a su encargo como presidentes.

Enrique David Ogaz Diaz 21.11.2022

Gracias a la Universidad Autónoma de Nuevo León por la invitación. Estudiantes interesados en trabajar en Ogaz & Asociados por ahí nos coordinamos.

Enrique David Ogaz Diaz 20.11.2022

NUEVO LEON EN TOP 5 POR FRAUDES Y AMENAZAS ¿QUE HACER SI ERES VICTIMA DE ALGUNO? El fraude, las amenazas y el daño a la propiedad, son tres de los delitos en los que el estado de Nuevo León se ubicó dentro del top cinco nacional, tras concluir el primer semestre del 2018, esto de acuerdo con Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. ...Continue reading

Enrique David Ogaz Diaz 20.11.2022

Equivocación eliminar fideicomisos

Enrique David Ogaz Diaz 20.11.2022

Lamentablemente muchas mujeres en lugar de demandar o denunciar penalmente a su ex pareja por los incumplimientos en sus obligaciones alimentarias prefieren a modo de venganza utilizar los hijos como botín contra los padres y esto es incorrecto, perjudica la salud emocional de los niños y es contrario al interés superior del menor. Si su ex pareja incumple con sus obligaciones la solución es jurídica, no con venganzas de esta naturaleza.

Enrique David Ogaz Diaz 20.11.2022

Los repartidores de servicios como Uber Eats y Rappi de todo el mundo preparan un paro el dia de manana para que se les reconozca como trabajadores. Entre los paises que participan aparecen Colombia, Mexico, Espana y Francia. Me parece muy buena idea que declaren sus ganancias y que paguen sus impuestos pero que tambien tengan prestaciones laborales.

Enrique David Ogaz Diaz 20.11.2022

AMPARO VS ESCUELAS PRIVADAS/ INCONSTITUCIONAL RETENER DOCUMENTOS DE ALUMNOS La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), amparó a un menor de edad para que la escuela privada que lo expulsó, por deber dos meses de colegiatura, le devuelva sus documentos y le entregue el reporte de sus calificaciones, documentos que el plantel retenía para exigir el pago. La SCJN señaló que un colegio particular puede ser demando por esta vía, según explica la sentencia en su planteamien...to inicial: las condiciones en que una asociación civil que presta el servicio de educación básica puede actualizar el carácter de autoridad responsable para los efectos del juicio de amparo. La Primera Sala de la SCJN sobreseyó el amparo respecto a la expulsión del menor y su baja del plantel, pues consideró que esas decisiones se basaron en la relación contractual entre dos particulares, en la cual no fue violada ninguna potestad normativa del Estado. Sin embargo, los ministros si otorgaron el amparo para que el colegio particular le devuelva al menor todos sus documentos y comprobantes de estudio, que le permitá continuar con su formación en otro plantel. El proyecto de sentencia, elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, y que fue aprobado por unanimidad, define que en estas circunstancias, una escuela particular si puede ser demandada por vía de amparo, sobre todo cuando incurre en acciones incompatible con la función constitucional que los particulares pueden realizar al lograr una autorización para la prestación del servicio, en términos de la fracción VI del artículo 3 de la Constitución Federal. 177.



Información

Localidad: San Pedro Garza García

Teléfono: +52 81 8124 0040

Ubicación: Ogaz & Asociados, Calzada San Pedro #250, Col. Miravalle, Monterrey, Nuevo León. C.P. 64660 64650 San Pedro Garza Garcia, Nuevo León, Mexico

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