Bufete Jurídico León Salazar & Asociados
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DIVORCIO: CUANDO NO HAY OTRA SOLUCIÓN
NOS UBICAMOS EN PASEO DE LOS TAMARINDOS 400 A PISO 21, BOSQUES DE LAS LOMAS, D. F. EDIFICIO CONOCIDO COMO EL PANTALON
BUE DÍA A TODOS Y TODAS NUESTRAS AMIGAS LES INFORMAMOS QUE HAY VARIOS GRUPOS DE SEUDOABOGADOS QUE HAN ESTADO DEFRAUDANDO A MUCHAS PERSONAS YA QUE OFRECEN EL SER...VICIO DE DIVORCIO A MUY BAJO COSTO Y DESPUÉS DE RECIBIR EL ANTICIPO DESAPARECEN Y NUNCA LOS VUELVEN A ENCONTRAR NOSOTROS YA TENEMOS CUATRO DENUNCIAS EN EL M.P HACIA ESTAS PERSONAS, ANTES DE CONTRATAR CERCIÓRENSE DE QUE ESTÁN ESTABLECIDOS Y QUE REALMENTE LES VAN A LLEVAR SU PROCEDIMIENTO Y VAN A TENER EL RESULTADO OFRECIDO. See more
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PENSIÓN ALIMENTICIA:La pensión es un derecho que la ley otorga a una persona para recibir y exigir de otra, los recursos necesarios para sustentar su vida, que debe cubrir al menos alimentación, habitación, vestido, salud, movilización y recreación. Usualmente la pensión alimenticia se brinda de forma voluntaria por los padres. Para reclamarla existen dos vías, la extrajudicial y judicial.
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EN LA ACTUALIDAD EN DF Y ESTADO DE MÉXICO NO HAY CAUSAL DE DIVORCIO
El DIVORCIO disuelve el matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro. CLASES DE DIVORCIO VOLUNTARIO cuando se solicita de común acuerdo por amb...os cónyuges INCAUSADO: cuando cualquiera de los cónyuges lo solicita sin que exista necesidad de señalar la razón que lo motiva. Las reformas al Código Civil para el Distrito Federal y para el Estado de México, permiten agilizar el proceso de divorcio incausado, también conocido como DIVORCIO EXPRESS, lo que nos permite brindarte un servicio rápido, cómodo y económico. El DIVORCIO INCAUSADO o sin causa, permite que actualmente pueda ser solicitado por uno o ambos cónyuges, sin necesidad de acreditar una causal, solo se requiere presentar ante el Juez de lo Familiar, una solicitud y un convenio cumpliendo los requisitos establecidos en el Código Civil, así como manifestar el deseo de no continuar con el matrimonio, una vez agotados los trámites de rigor el Juez dictara sentencia definitiva, mediante la cual dejara a los cónyuges en aptitud de contraer nuevo matrimonio.