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Asociacion de Actores y Modelos de Medios Publicitarios A.C 23.11.2022

Que no te quieran sorprender, los contratos publicitarios no pueden tener una vigencia mayor a tres años, así lo establece el Art. 74 de la Ley Federal de Derechos de Autor. Art. 74. Los contratos publicitarios tendrán una vigencia de tres años divididos en periodos semestrales, transcurrido el primer periodo semestral tendrá que pagarse nuevamente aun cuando solo se transmita en fracciones del semestre, hasta cumplirse los tres años de de vigencia

Asociacion de Actores y Modelos de Medios Publicitarios A.C 23.11.2022

NO TE ENCADENES!!!!! Hace unos dias publique información, referente a lo que establece el Art. 74 de la Ley Federal de Derechos de Autor, el cual establece que los contratos publicitarios tendrán que firmarse a un plazo máximo de tres años divididos en seis periodos semestrales, y esto lo publique porque me he enterado de casos donde han establecido periodos de diez años e incluso dos casos de contratos a perpetuidad, por eso es importante que sepas que el contrato no puede exceder los tres años de vigencia y una vez que transcurran los tres años si quieren seguir usando tu imagen se tendrá que firmar un nuevo contrato, negociando el presupuesto y las condiciones del uso de tu imagen, seguimos en contacto, un abrazo y Saludos. Franco Rapuano

Asociacion de Actores y Modelos de Medios Publicitarios A.C 22.11.2022

https://www.youtube.com/watch?v=eJB8mjXHue0



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Teléfono: +52 55 2949 5879

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