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Asistencia Jurídica 23.11.2022

La Corte determinó que cuando el titular de una cuenta de depósito denuncia retiros no autorizados mediante el uso de tarjeta de débito, el banco debe retribuir las cantidades retiradas, y en caso de no hacerlo pagar los intereses ordinarios y moratorios por el retraso. Conoce este criterio de la Corte Tesis: 1a./J. 61/2020 (10a.) https://bit.ly/3rQyF67

Asistencia Jurídica 23.11.2022

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Asistencia Jurídica 23.11.2022

¿Qué hago si mis datos no son correctos? Los Registros Civiles de las 32 Entidades Federativas son las instituciones encargadas de incorporar las actas a la Base de Datos Nacional del Registro Civil. Si su acta presenta algún error en dicha base, y usted la requiere corregir, deberá: 1.- Enviar un correo a la persona designada en la Entidad Federativa donde se asentó su registro, colocando en el asunto del correo Solicitud de corrección de acta y adjuntar lo siguiente:... 1.- Imagen escaneada del acta de nacimiento. 2.- Imagen escaneada de la CURP. Observaciones: Ambas imágenes en formato .PDF Las imágenes no deben tener tachaduras ni enmendaduras. No enviar fotografías, la información se distorsiona. Asimismo en el cuerpo del correo proporcionar los siguientes datos: Escribir la CURP Nombre completo (nombre(s), primer apellido, segundo apellido) Sexo (femenino/masculino) Fecha de nacimiento Entidad de registro Municipio de registro Oficialía de registro Número de acta Libro Breve descripción de la corrección requerida. 2.- Ubicar en la lista el enlace a quien debe de dirigirse la persona usuaria. Consulta en la siguiente liga de internet el Directorio de Enlaces de las Áreas de Corrección de Acta en los Registros Civiles, quienes son los encargados de informar si la corrección requerida se puede llevar a cabo o bien indicar el procedimiento a seguir de acuerdo al registro a su resguardo y a lo establecido en la normatividad en la Entidad Federativa. https://www.gob.mx///digitalizacion-y-correccion-de-actas

Asistencia Jurídica 23.11.2022

http://www.rcivil.cdmx.gob.mx/solicit/busqueda/registrales

Asistencia Jurídica 23.11.2022

En un escrito de renuncia que contenga firma y huella digital, es suficiente acreditar la veracidad de una de ellas para otorgarle plena eficacia probatoria: 2 Sala

Asistencia Jurídica 23.11.2022

Cuando los padres están presentes y tienen la posibilidad de mantener a sus hijos, los abuelos no son obligados solidarios para cubrir los alimentos de sus nietos. Conoce el archivo de este expediente Amparo directo en revisión 1200/2014 http://bit.ly/2MR32nB

Asistencia Jurídica 23.11.2022

Qué hago si mi acta no está digitalizada? Si al ingresar tu CURP o datos personales correctamente en el apartado de búsqueda de acta no aparecen resultados solicitados, es posible que tu acta aún no se encuentre digitalizada, debes enviar un correo electrónico directamente al enlace designado de la entidad federativa donde fuiste registrado colocando en el asunto del correo Solicitud de incorporación de acta y adjuntar lo siguiente: 1.-Imagen escaneada del acta de ...nacimiento. 2.-Imagen escaneada de la CURP. Observaciones: Ambas imágenes en formato .PDF Las imágenes no deben tener tachaduras ni enmendaduras. No enviar fotografías, la información se distorsiona. Asimismo en el cuerpo del correo se deberá proporcionar los siguientes datos: Escribir la CURP Nombre completo (nombre(s), primer apellido, segundo apellido Sexo (femenino/masculino) Fecha de nacimiento Entidad de registro Municipio de registro Oficialía de registro Número de acta Número de libro Consulta en la siguiente liga de internet el Directorio de Enlaces de Atención del Sistema de Impresión de Actas Interestatales (SIDEA), quienes son los encargados de incorporar las actas a la Base de Datos Nacional del Registro Civil. https://www.gob.mx///digitalizacion-y-correccion-de-actas

Asistencia Jurídica 22.11.2022

¡Evita llamadas y/o mensajes de publicidad! Registra tu número telefónico en el #REPEP https://repep.profeco.gob.mx/index.jsp

Asistencia Jurídica 21.11.2022

En un día como hoy, pero de 1767, don Miguel de Gallaistegui y Olazarán, natural de la villa de Oñate, en la provincia de Guipúzcoa y su esposa doña María Ana de Castro y Mendizábal, natural de la ciudad de Texcoco, a pesar de estar ambos en plena salud; pero hallándose la susodicha en cinta con amenaza de aborto o parto peligroso; se otorgan poder recíproco para testar, con las mandas, cláusulas, legados disposición de entierro y funeral correspondiente; los testadores decla...ran haberse casado y procreado seis hijos legítimos, teniendo 17 años la mayor y 4 años la más pequeña, más el infante que está esperando la testadora, nombrándolos como herederos universales. En julio de 1790, sus herederos solicitan un testimonio de este poder. (Transcripción de la información que obra inscrita en los instrumentos notariales resguardados en el Archivo General de Notarías).

Asistencia Jurídica 21.11.2022

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Asistencia Jurídica 20.11.2022

La gratuidad del registro y de la primera copia certificada del acta de nacimiento no pueden estar condicionadas a un plazo. El cobro por registro extemporáneo y las multas por no registrar a un menor en un plazo establecido viola el derecho a la identidad. Conoce este expediente Acción de Inconstitucionalidad 3/2016 http://bit.ly/2QnZcDF

Asistencia Jurídica 20.11.2022

Aclaración y Complementación de Actas Trámite que deberá realizarse cuando en las actas del Registro Civil del Estado de México, existan errores mecanográficos, ortográficos o de otra índole que afecten los datos de las mismas, y que deban tramitarse ante el (la) Director(a) General y/o Subdirector(a) y/o Jefe del Departamento Jurídico y/o Jefe de la Oficina Regional, presentado los siguientes requisitos: Dos copias certificadas de no más de seis meses de antigüedad, una de O...ficialía y otra de Archivo del acta que se pretenda aclarar. Copia certificada reciente menor a un año del acta de nacimiento o matrimonio que sirva de sustento, dicha documental deberá ser anterior a la que se pretenda complementar. Llenar la solicitud correspondiente. El pago correspondiente que es de $118.00 (CIENTO DIECIOCHO PESOS 00/100 M.N.). La complementación la deberá solicitar la persona que se encuentre legitimada de conformidad con el Código Civil, presentando copia de identificación. Tratándose de complementación de actas de matrimonio es necesario que comparezcan ambos cónyuges o el cónyuge supérstite. En el supuesto de que uno de los cónyuges hubiese fallecido, únicamente se podrá corregir errores mecanográficos o caligráficos en el nombre y apellidos, o de la omisión de los datos registrales, así como de la complementación de los datos que se desprendan de la misma acta. Por lo que corresponde a la aclaración de las actas de defunción, únicamente se puede complementar el nombre y apellidos de los padres del finado.



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Teléfono: +52 55 4885 8307

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