Asesoria Laboral Durango
Bruno Martínez No.- 305 Norte 34000 Durango, Mexico
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¿Y a Ustedes como les va en esta cuarentena con su Patrón?
Los Derechos de los trabajadores son irrenunciables...
Cualquier trabajo dignifica. Apoyémonos en todo y para todo.
Excelente día del amor y la amistad !!...
Que no te exploten... El patrón está obligado a seguirte pagando durante esta emergencia sanitaria, esto aún y cuando se encuentre cerrado el centro de trabajo o te haya descansado. Defiende tus Derechos Laborales. Si te despidieron argumentando que fue por causas de la cuarentena, acude a nosotros para demandar por las prestaciones que te corresponden por Ley. Informes a los números y Whatsapp.- 618 206 0300, 618 111 4476 y 618 132 2711.
Nombran a al C. Lic. José Antonio Mijares de la Hoya, como nuevo Presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.
Se extiende la suspensión e labores en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, hasta el Día 15 de Junio del año en curso.
OJO. ¿Qué días feriados oficiales tiene 2020? Estas son las fechas a tomar en cuenta, en caso de que se proponga y apruebe la reforma para terminar con los 'puentes' en fechas históricas mexicanas http://bit.ly/2ZzODDv
El lunes 1 de Febrero no se trabaja y si lo haces se te paga triple.
Una vez más se extiende la suspensión de labores en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, del 16 al 30 de junio del año en curso.
En la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, se extiende la suspensión de labores hasta el día 31 de Mayo del año en curso.
¡NO SE DEJEN! #ElPatrónNOesTuAmigo Atención, conoce tus derechos laborales en el marco de la contingencia sanitaria... "En caso de Decretarse suspensión laboral por caso de #coronavirus la empresa para la que trabajas SI está obligada a pagarte un Salario Mínimo por los días NO laborados. Aquí el fundamento LEY FEDERAL DEL TRABAJO CAPITULO VII Suspensión colectiva de las relaciones de trabajo Artículo 427.- Son causas de suspensión temporal de las relaciones de trabajo en una empresa o establecimiento: VII. La suspensión de labores o trabajos, que declare la autoridad sanitaria competente, en los casos de contingencia sanitaria. Fracción adicionada DOF 30-11-2012 Artículo 429.- En los casos señalados en el artículo 427, se observarán las normas siguientes: IV. Si se trata de la fracción VII, el patrón no requerirá aprobación o autorización del Tribunal y estará obligado a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente, por cada día que dure la suspensión, sin que pueda exceder de un mes. Fracción adicionada DOF 30-11-2012. Reformada DOF 01-05-2019 Si en tu trabajo prefieren despedirte, acude a las oficinas de Conciliacion y Arbitraje de tu ciudad para denunciar despido injustificado. Las abogadas son gratuitas."
Se extenderá cuarentena...
La culpa es del Jefe Tóxico !!!
El Dr. López Gatell señaló que aquellas empresas que realicen actividades no esenciales y aún permanezcan operando, serán clausuradas por la STPS y podrías ser sujetas de acusación por delitos contra la salud
Información
Localidad: Durango City
Teléfono: +52 618 825 0606
Ubicación: Bruno Martínez No.- 305 Norte 34000 Durango, Mexico
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