Arellano Abogados y Asociados
Lopez 35, Col. Centro 06010 Ciudad de México, México
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A todos nuestros seguidores de esta página y clientes de esta firma legal: Derivado de la reforma constitucional en materia de justicia laboral ya aprobada por el Congreso de la Unión. Me permito compartirles un video promo que editó la Secretaria del Trabajo y Previsión Social y del cual nos permitimos aclara lo siguiente: En primer lugar las Juntas de Conciliación y Arbitraje siempre han sidotribunales que imparten justicia laboral que en efecto dependen del Poder Ejecutivo.... Lo que se reformó fue la desaparición de dichas Juntas y que los juicios laborales los conocerá el Poder Judicial a través de juzgados laborales. Cosa que no dice el promo. Y en segundo lugar, la misma Reforma pone trabas e intermediarios al trabajador para poder demandar, amén, de que en caso de despido injustificado primero el trabajador deberá acudir a un Órgano de Conciliación que va a depender del Poder Ejecutivo, dicha condición deberá de agotarse sine quan non el trabajador no podrá demandar a su patrón. Cualquier duda o comentario. Estamos a sus ordenes. Arellano Abogados y Asociados.
Compartimos el link donde el día 24 de febrero del 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la reforma constitucional en materia laboral. Importantísimo.
Amigo Trabajador!!!! ¡TE DESPIDIERON DE TU TRABAJO! ¡ TE OFRECEN MUY POQUITO! La Ley Federal del Trabajo, establece que en caso de despido injustificado, el patrón está obligado a pagar 90 días de salario por concepto de Indemnización Constitucional y los salarios caídos que se generen a partir del despido y hasta por un año posterior a éste. Ahora bien, para que tu trabajador tengas derecho a que se paguen esas prestaciones, es necesario PRESENTAR UNA DEMANDA ante la Junta d...e Conciliación y Arbitraje respectiva y Obtener un Laudo que declare que el despido es injustificado. En caso de ser despedido, es importante hacer lo siguiente: NO FIRMES NINGUNA RENUNCIA O FINIQUITO A MENOS QUE TENGAS LA INTENCIÓN DE RENUNCIAR A TU TRABAJO Y HAYAN LLEGADO A UN ACUERDO SOBRE LA CANTIDAD QUE TE DEBEN DE PAGAR. Recuerda que NADIE PUEDE OBLIGARTE A FIRMAR NINGÚN DOCUMENTO EN CONTRA DE TU VOLUNTAD NADIE PUEDE OBLIGARTE OBLIGAR A PERMANECER EN ALGÚN LUGAR U OFICINA EN CONTRA DE TU VOLUNTAD, si eso sucede, SAL DEL LUGAR INMEDIATAMENTE. Si requieres asesoría o mayores informes comunícate con nosotros. Lic. Armando Contreras Arellano. Arellano Abogados y Asociados. 044555416-5938 y 5358-7993 See more
Asesoría jurídica laboral en materia burocrática. En los tres niveles de gobierno: -Gobierno Federal, -Gobierno Estatal (CDMX) y -Gobiernos Municipales... Servicios: Asesoría jurídica, Demandas por despido injustificado, nulidad de nombramiento, reconocimiento de antiguedad y otorgamiento de base, diversas prestaciones. Llámanos y contáctanos. Arellano Abogados y Asociados. Lic. Armando Contreras Arellano 044-555416-5938
Amigo Trabajador!!!! ¡TE DESPIDIERON DE MI TRABAJO! ¡ TE OFRECEN MUY POQUITO! La Ley Federal del Trabajo, establece que en caso de despido injustificado, el patrón está obligado a pagar 90 días de salario por concepto de Indemnización Constitucional y los salarios caídos que se generen a partir del despido y hasta por un año posterior a éste. Ahora bien, para que tu trabajador tengas derecho a que se paguen esas prestaciones, es necesario PRESENTAR UNA DEMANDA ante la Junta d...e Conciliación y Arbitraje respectiva y Obtener un Laudo que declare que el despido es injustificado. En caso de ser despedido, es importante hacer lo siguiente: NO FIRMES NINGUNA RENUNCIA O FINIQUITO A MENOS QUE TENGAS LA INTENCIÓN DE RENUNCIAR A TU TRABAJO Y HAYAN LLEGADO A UN ACUERDO SOBRE LA CANTIDAD QUE TE DEBEN DE PAGAR. Recuerda que NADIE PUEDE OBLIGARTE A FIRMAR NINGÚN DOCUMENTO EN CONTRA DE TU VOLUNTAD NADIE PUEDE OBLIGARTE OBLIGAR A PERMANECER EN ALGÚN LUGAR U OFICINA EN CONTRA DE TU VOLUNTAD, si eso sucede, SAL DEL LUGAR INMEDIATAMENTE. Si requieres asesoría o mayores informes comunícate con nosotros. Lic. Armando Contreras Arellano. Arellano Abogados y Asociados. 044555416-5938 y 5358-7993 http://arellanoabogados.wix.com/despachojuridico
Buenas noches!!!! Informamos que por disposiciones legales, los días 31 de octubre, 01 y 02 de noviembre del presente año, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y el Poder Judicial de la Federación declararon inhábiles esos tres días, por lo cual NO correrán los términos de ley. Buenas noches Arellano Abogados y Asociados.
Sabias que ??? El estrés laboral, afecta tu salud mental!!!!!
Ojo trabajadores!!!! Riesgos de Trabajo.
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, establece como día de descanso obligatorio el 16 de septiembre.
Buenas noches. Compartimos el dictamen del Senado de la Republica, en el cual se aprueba reforma laboral, en la que desaparecerán las Juntas de Conciliación y Arbitraje para formar parte del Poder Judicial en tribunales laborales!!!
Buenas tardes. Compartimos el link para consultar la Constitución Política de la Ciudad de México. http://data.consejeria.cdmx.gob.mx//5ce082b97c1d162262f168
En nuestra firma legal. Les deseamos un feliz Año Nuevo, que todos sus sueños se hagan realidad, mucha salud y prosperidad. Que sea un gran año de muchas bendiciones. Les desea sinceramente. Lic. Armando Contreras Arellano Arellano Abogados y Asociados.
Todos los trabajadores!!! Cualquier duda acércate y llámanos.
Información
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