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Academia Neolonesa de Derecho A.C. 21.11.2022

Diputados avalan en lo particular reformas de prisión oficiosa; vuelve al Senado La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular las reformas a nueve ordenamientos para armonizarlos con el artículo 19 constitucional y aplicar la prisión preventiva oficiosa a nueve delitos más, entre ellos abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo a casa habitación, huachicoleo, uso de programas sociales con fines electorales y corrupción. El robo al transport...e de carga y la desaparición forzada de personas, así como delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, se incorporan también al listado delitos sujetos a la prisión cautelar. Sin embargo, durante la discusión en lo particular, el pleno admitió una propuesta de la legisladora morenista Martha Patricia Ramírez para suprimir el párrafo que consideraba también prisión preventiva oficiosa para los responsables de cometer delitos con armas de fuego hechizas o de juguete con el fin de amagar o intimidar a las víctimas. Por esa corrección, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados devolvió el proyecto de reformas al Senado de la República para su eventual ratificación. Entre las leyes armonizadas con el artículo 19 constitucional destacan el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley General en Materia de Delitos Electorales, la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos. También se actualizaron la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, el Código Penal Federal, la Ley General de Salud, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y la Ley de Vías Generales de Comunicación. Las reformas prevén elevar de siete a ocho años de cárcel la pena máxima por portación de armas de fuego sin licencia, así como de uno a cuatro años de prisión la pena mínima por posesión de armas de uso exclusivo del Ejército, la Marina y la Fuerza Aérea. See more

Academia Neolonesa de Derecho A.C. 20.11.2022

Cambio de sede oficial de los juzgados en materia civil, mercantil y menores 23/09/2020 El Pleno del Consejo de la Judicatura en atención a que se concluyó con el proyecto de obra del Centro de Justicia Civil y Mercantil y, por ende, se cuenta con la infraestructura física y tecnológica necesaria, autorizó reubicar en dicho lugar los juzgados de la materia civil, concurrente y menores, así como sus respectivas coordinaciones de gestión judicial y áreas administrativas de apo...yo y servicio. Así se establece en el Acuerdo General 8/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado, relativo al cambio de sede oficial de los juzgados de lo civil, de jurisdicción concurrente, de juicio civil oral y su Coordinación de Gestión Judicial, todos del Primer Distrito Judicial del Estado; menores de Monterrey y su Coordinación de Gestión Judicial; así como sus áreas administrativas de apoyo y servicio. Cambiarán su domicilio oficial al Centro de Justicia Civil y Mercantil ubicado en calle Matamoros número 347 esquina con Pino Suárez en el centro de Monterrey. Los juzgados iniciarán funciones de manera paulatina a partir del 28 de septiembre y culminando su traslado durante el mes de octubre, según una programación ya establecida, en el Acuerdo General 8/2020, misma que se encuentra detallada en el Boletín Judicial del Estado, publicado el 23 de septiembre del año en curso. A partir de las fechas señaladas toda la correspondencia, trámites, servicios y diligencias relacionados con los asuntos de la competencia de los juzgados señalados deberán dirigirse y realizarse en su nuevo domicilio oficial. Determinan conclusión de funciones de Juzgado Sexto de lo Civil del Primer Distrito Judicial. Culminará el 30 de octubre del 2020 El Pleno del Consejo de la Judicatura de Nuevo León, determinó la conclusión de funciones del Juzgado Sexto de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado. De conformidad con lo establecido en el artículo 97, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, corresponde al Consejo de la Judicatura determinar el número, jurisdicción territorial y, en su caso, la especialización por materia de los juzgados. En consecuencia, con fundamento en las citadas disposiciones constitucionales y legales, el Pleno del Consejo de la Judicatura expidió el Acuerdo General 7/2020 en el que se establece que el Juzgado Sexto de lo Civil del Primer Distrito Judicial, concluye sus funciones bajo esa denominación, jurisdicción territorial y domicilio; el día 30 de octubre de 2020. El Juzgado Sexto de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, remitirá todos los asuntos que tenga en trámite, concluidos o en cualquier estado, entre los cinco juzgados civiles existentes.



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