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Padre no otorga permiso a sus hijas para obtener su pasaporte porque teme que ya no regresen de un viaje que harían con la mamá. El caso llegó a la Corte porque el padre impugnó la autorización que dio un tribunal a la madre para el viaje. La Corte determinó que viajar al extranjero sí contribuye al sano esparcimiento y abona a la formación cultural de los infantes, sin embargo los jueces deben analizar el riesgo de que sean sustraídos, y si fuera el caso, exigir una garantía de regreso de las niñas.
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Perderán guarda y custodia padres o madres que impidan ver a sus hijos, impedir que los niños convivan con alguno de sus padres puede generarles daños emocionales irreversibles. Permitir que se modifique la guarda y custodia protege el interés superior de la infancia. Al padre le fue establecido un régimen de visitas para ver a su hija. La madre, titular de la guarda y custodia, constantemente y sin razón, no presentaba a la hija para la convivencia con el padre. El caso llegó a la Corte y determino el cambio gradual de la guarda y custodia en favor del progenitor.
Le detectaron cálculos renales en el ISSSTE y le dieron un pase para realizarse un procedimiento en el Centro Médico Nacional 20 de Noviembre a fin de romper los cálculos. Sin embargo, le comunicaron que se encontraba saturado y lo remitieron a un prestador de un servicio subrogado y éste último lo remitió con uno tercero donde finalmente le hicieron el procedimiento. En la noche comenzó a sentirse mal y fue trasladado a urgencias del Hospital General Darío Fernández donde se le extirpó parte del riñón. Presentó su queja ante el ISSSTE y le dijeron que era extemporánea, de acuerdo al artículo 5 del Reglamento de Quejas Médicas del Instituto que establece un límite de 130 días para presentar la queja. La Corte hizo el análisis y determinó que se tiene un plazo de hasta dos años para el reclamo por reparación del daño.
Nuestros abogados cuentan con experiencia en adopciones, le brindaremos asesoría legal para que usted cumpla con los requisitos solicitados por el DIF para que pueda calificar como posible adoptante de un menor en Baja California. Adoptar es un proceso que dura alrededor de siete meses, consta de varias etapas que deben cumplir los solicitantes que son: 1. Etapa jurídica documental... 2. Etapa psicología 3. Etapa de trabajo social 4. Etapa escuela para padres 5. Mesa técnica 6. Consejo de adopciones 7. Procesos posteriores y de seguimiento See more
Pensión alimenticia Los padres tienen la obligación de cuidar el sano desarrollo y esparcimiento de sus hijos, comprenden gastos de comida, vestido, salud y educación hasta la mayoría de edad o en su caso hasta que termine la carrera universitaria. Te ofrecemos asesoría legal de forma GRATUITA, confía a los profesionales el cuidado de tu familia.... Para mayor información contáctanos: http://www.despachojuridicomexicali.com/ Tel. 290-3087 | Cel. 686-212-5284
Padre no otorga permiso a sus hijas para obtener su pasaporte porque teme que ya no regresen de un viaje que harían con la mamá. El caso llegó a la Corte porque el padre impugnó la autorización que dio un tribunal a la madre para el viaje. La Corte determinó que viajar al extranjero sí contribuye al sano esparcimiento y abona a la formación cultural de los infantes, sin embargo los jueces deben analizar el riesgo de que sean sustraídos, y si fuera el caso, exigir una garantía de regreso de las niñas.
Perderán guarda y custodia padres o madres que impidan ver a sus hijos, impedir que los niños convivan con alguno de sus padres puede generarles daños emocionales irreversibles. Permitir que se modifique la guarda y custodia protege el interés superior de la infancia. Al padre le fue establecido un régimen de visitas para ver a su hija. La madre, titular de la guarda y custodia, constantemente y sin razón, no presentaba a la hija para la convivencia con el padre. El caso llegó a la Corte y determino el cambio gradual de la guarda y custodia en favor del progenitor.
Le detectaron cálculos renales en el ISSSTE y le dieron un pase para realizarse un procedimiento en el Centro Médico Nacional 20 de Noviembre a fin de romper los cálculos. Sin embargo, le comunicaron que se encontraba saturado y lo remitieron a un prestador de un servicio subrogado y éste último lo remitió con uno tercero donde finalmente le hicieron el procedimiento. En la noche comenzó a sentirse mal y fue trasladado a urgencias del Hospital General Darío Fernández donde se le extirpó parte del riñón. Presentó su queja ante el ISSSTE y le dijeron que era extemporánea, de acuerdo al artículo 5 del Reglamento de Quejas Médicas del Instituto que establece un límite de 130 días para presentar la queja. La Corte hizo el análisis y determinó que se tiene un plazo de hasta dos años para el reclamo por reparación del daño.
Información
Localidad: Mexicali, Baja California
Teléfono: 686 633 8261
Ubicación: Calle A 335 21100 Mexicali, Baja California, Mexico
Web: www.despachojuridicomexicali.com/
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