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Abogados Ajeo Juridico 23.11.2022

Nuestro equipo felicita a unos de nuestros colaboradores hoy en su cumpleaños. Muchas Felicidades Lic. Daniel Octavio González Lamas.

Abogados Ajeo Juridico 22.11.2022

Nuestro equipo felicita a unos de nuestros colaboradores hoy en su cumpleaños. Muchas Felicidades Lic. Daniel Octavio González Lamas.

Abogados Ajeo Juridico 22.11.2022

A todos nuestros clientes les informamos que debido a la situación que impera respecto a la pandemia Covid 19, los órganos jurisdiccionales permanecerán limitados para brindar la atencion, lo cual no permite el avance procesal en la mayoría de los asuntos legales, por lo cual agradecemos su comprensión y quedamos a sus órdenes. Buenas noches

Abogados Ajeo Juridico 22.11.2022

A todos nuestros clientes, les informamos que tentativamente el regreso de las Instituciones que imparten Justicia, sera hasta el 1de Junio, más sin embargo seguimos laborando y atendiendo únicamente previa cita con las medidas sanitarias establecidas, esperando pronto podamos salir adelante ante esta contingencia. Quedamos a sus órdenes. Buenos días.

Abogados Ajeo Juridico 21.11.2022

CONTINGENCIA SANITARIA EFECTOS EN TU TRABAJO ¿QUÉ EFECTOS PRODUCE EN EL TRABAJO QUE SE DECLARE CONTINGENCIA SANITARIA POR EL COVID-19?... Ante una posible suspensión de las labores en las empresas como consecuencia de la contingencia sanitaria que se presenta por el COVID-19 (Corona Virus), te informamos cuales son los efectos laborales que dicha medida podría traer consigo. 1. ¿Quién puede decretar la contingencia sanitaria? Las autoridades sanitarias competentes, ya sea a nivel federal o estatal 2. ¿Se requiere alguna declaración de parte de las autoridades laborales para decretar la suspensión de las labores? No, ya que, una vez declarada la contingencia sanitaria por la autoridad sanitaria competente, el patrón no requerirá autorización alguna para suspender las labores de parte de las autoridades laborales, de conformidad con nuestra interpretación de los artículos 42 Bis, 427 fracción VII y 429 fracción IV de la Ley Federal del Trabajo. 3. ¿Y en caso de que deban quedar guardias de trabajadores, existe alguna excepción? a) Trabajo de mujeres.- En caso de que las autoridades sanitarias competentes, emitan una declaratoria de contingencia sanitaria, conforme a las disposiciones aplicables, no podrá utilizarse el trabajo de mujeres en periodos de gestación o de lactancia. Las trabajadoras que se encuentren en este supuesto no sufrirán perjuicio en su salario, prestaciones y derechos, en términos de lo indicado por el artículo 168 de la Ley laboral. b) Trabajo de menores.- En caso de declaratoria de contingencia sanitaria y siempre que así lo determine la autoridad competente, no podrá utilizarse el trabajo de menores de dieciocho años. Los trabajadores que se encuentren en este supuesto no sufrirán perjuicio en su salario, prestaciones y derechos, ya que así lo dispone el artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo. 4. ¿Qué va a pasar con los salarios de los trabajadores durante la suspensión derivado de la contingencia? Durante el primer mes de la misma, el patrón les deberá pagar a título de indemnización, por cada día de suspensión de las labores el importe de un día de salario mínimo general vigente en la zona económica donde presten sus servicios, de conformidad con el artículo 429 fracción IV de la Ley Federal del Trabajo. 5. ¿Cuándo debo regresar a mis labores? Una vez que las autoridades sanitarias competentes decreten la finalización de la contingencia, los trabajadores quedan obligados a reincorporarse a su trabajo atento a lo señalado en el artículo 432 último párrafo de la Ley Federal del Trabajo. 6. ¿Puedo perder mi trabajo con la contingencia sanitaria? No, ya que la relación de trabajo se encontraría suspendida por la declaratoria de contingencia sanitaria. Fuente : Lic. Enrique Rueda

Abogados Ajeo Juridico 21.11.2022

Buenos días, debido a los ajustes en los horarios en los órganos Jurisdiccionales, nuestro horario laboral será corrido de 9 am a 5 pm de Lunes a Viernes. Quedamos a sus órdenes.

Abogados Ajeo Juridico 20.11.2022

Estamos a sus órdenes

Abogados Ajeo Juridico 20.11.2022

Estamos a sus órdenes

Abogados Ajeo Juridico 20.11.2022

Nuestro reconocimiento y admiración a tan noble labor de enseñar, sin duda son el ícono del desarrollo de cualquier sociedad. Muchas Felicidades a todos los Maestros y Maestras en su día. Feliz día del Maestro.

Abogados Ajeo Juridico 20.11.2022

Debido a las recomendaciones de las autoridades de Salud de nuestro Estado, tomamos la decisión de cerrar nuestras oficinas, estaremos laborando únicamente mediante citas o casos urgentes, estamos a sus órdenes y les recomendamos extremar precauciones ante la contingencia sanitaria. Buenas noches



Información

Localidad: Tepic, Nayarit

Teléfono: +52 311 133 0775

Ubicación: Durango 172-A sur entre Herrera y Miñon zonaCentro 63000 Tepic, Nayarit, Mexico

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